jueves, 13 de abril de 2017

FAMILIA / FILIACIÓN - Negativa a reconocer filiación. Indemnización por falta de asistencia agravada.

Condenan a un padre a indemnizar los daños generados por su negativa de reconocimiento filial

SENTENCIA
CAMARA DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL
NECOCHEA, BUENOS AIRES
21 de Febrero de 2017
Id SAIJ: NV16740

SINTESIS

Confirma el resolutorio que condena al padre a indemnizar los daños causados por la falta de reconocimiento de su hijo discapacitado. Considera que la falta absoluta de asistencia al hijo con discapacidad y los términos en los cuales el accionado se ha referido tanto a aquél como a los reclamos en su beneficio, han importado innegablemente un exceso intolerable en el ejercicio de sus derechos y al no ser esa actividad ineludible ni razonable cae atrapado en la regla del 1071 del antiguo régimen. Resalta que es cierto que no cualquier crianza monoparental de un hijo generará un daño al progenitor que llevó adelante esa tarea, pero en el presente caso donde la exigencia era tan alta los deberes de asistencia omitidos por el demandado dan lugar a la posibilidad de calificar su actuación como ilícita. Señala, a su vez, que los hechos que emergen tanto de los expedientes agregados como del presente, analizados en su conjunto, dan cuenta del ejercicio del demandado hacia la actora de violencia de género y como tal ilícita y pasible de ser indemnizada, pues es la posición del padre –evitando toda responsabilidad en la asistencia de su hijo, incluso aquella que excede lo económico- la que lo coloca en la situación de violencia de género.
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