domingo, 11 de marzo de 2018

LABORAL / DESPIDO - Embargo preventivo - Procedencia

Procede el embargo preventivo sobre fondos bancarios del empleador que despidió al trabajador por falta o disminución de trabajo.

Partes: Macias Terceros Melba Mabel c/ Basicos S.A. s/ medida cautelar
Tribunal: Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo
Sala/Juzgado: VII
Fecha: 14-nov-2017
Cita: MJ-JU-M-107723-AR | MJJ107723 | MJJ107723
Procede el embargo preventivo sobre fondos bancarios del empleador que despidió al trabajador por falta o disminución de trabajo.
Sumario:
1.-Debe revocarse la sentencia que desestimó el embargo preventivo solicitado sobre los fondos bancarios denunciados por la reclamante por la suma cuya liquidación practicó en los términos previstos en el art. 247 LCT, pues se encuentran acreditados prima facie la existencia de verosimilitud en el derecho y el peligro en la demora, en tanto en una comunicación telegráfica la empleadora admite padecer cuestiones de fuerza mayor que obstan al desenvolvimiento del vínculo y que debió iniciar ante el Ministerio de Trabajo un procedimiento preventivo de crisis.

1 comentario:

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