ABUSO SEXUAL SIMPLE. Imputado acusado por dar un beso en la mejilla a una adolescente. Procesamiento. RECURSO DE APELACIÓN: procedencia. Ausencia de fin libidinoso. FALTA DE TIPICIDAD del hecho denunciado. Se revoca la resolución apelada y se sobresee al imputado.
La Cámara Nacional en lo Criminal resolvió que un beso en la mejilla, por sí solo, no constituye un tocamiento con fin libidinoso y revocó el procesamiento de un hombre. Se señaló que la incomodidad de la víctima puede no estar vinculada a un accionar penalmente relevante.
CCC 63740/2024/CA1 - "R., L. S. s/ abuso sexual" – CNCRIM Y CORREC – SALA V – 07/07/2025
ABUSO SEXUAL SIMPLE. Imputado acusado por dar un beso en la mejilla a una adolescente. Procesamiento. RECURSO DE APELACIÓN: procedencia. Ausencia de fin libidinoso. FALTA DE TIPICIDAD del hecho denunciado. Se revoca la resolución apelada y se sobresee al imputado.
“Compulsadas las constancias de la causa, en especial el testimonio brindado por la menor en el marco de la cámara gesell, entendemos que asiste razón a la defensa del imputado y que el hecho por el cual se lo acusó no encuadra en el tipo penal previsto en el artículo 119, 1° párrafo del Código Penal, de modo que el temperamento debe ser revocado y disponerse el sobreseimiento de R. (art. 336, inc. 3° del C.P.P.N.)”
“(…) de por sí solo un beso en la mejilla no podría considerarse objetivamente un tocamiento en una parte pudenda, lo que lleva necesariamente a analizar la existencia de conductas previas o posteriores que permitan atribuirle una ilícita connotación sexual.”
“(…) la doctrina ha sostenido “...la existencia de ciertos casos problemáticos, refiriéndose a aquellos en que la acción misma es en sí dudosa en su significación objetiva o ‘susceptible de tener más de un significado’ (...) es precisamente en estos supuestos -p. ej. Cuando se trata de un beso- en los que el elemento subjetivo cobra eficacia. Por eso ‘que el beso sea la forma más pura y espontánea de expresión de amor o que implique la exteriorización de sensuales o ” (D’ Alessio, Andrés J. ilícitos deseos, lo decide precisamente el ánimo del autor Divito, Mauro A., Código Penal comentado y anotado, parte especial, 1a ed., Buenos Aires, La Ley, p. 162).”
“Frente al escenario planteado, que se conjuga con las filmaciones incorporadas –de las cuales no es posible apreciar ningún actuar específico que permita vincularlo a un fin libidinoso por parte del autor-, no es posible concluir que el beso en la mejilla dado por [el imputado] a la adolescente, encuentre amparo en el tipo penal a estudio.”
“De lo expresado por la propia damnificada es posible apreciar que el suceso implicó una incomodidad o una situación de nerviosismo que puede estar justificada por motivos distintos al propio accionar del imputado, quien, de acuerdo a lo narrado por ella misma, solo le habría dado un beso en la mejilla en el vínculo entre vecinos que parecían tener y lo que impide convalidar la acusación formulada en la instancia de origen.”
Citar: elDial.com - AAEADD - Publicado el 25/08/2025
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