lunes, 25 de febrero de 2019

LABORAL / RELACIÓN DE EMPLEO. México. Precarización.

Coneval advierte “extendida precariedad laboral”


CIUDAD DE MÉXICO (apro).- En México la mayor parte de la población sufre una “extendida precariedad laboral”: gana salarios de miseria, carece de un contrato escrito –lo que abre la puerta a abusos-, ni prestaciones de seguridad social–, y además los trabajadores suelen ser despedidos de la noche a la mañana, según un estudio que publicó hoy el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (Coneval).
Las principales víctimas de esta precariedad son las mujeres, las poblaciones indígenas, los migrantes, los jóvenes y las personas con discapacidad, observó el Coneval en el amplio Diagnóstico del Derecho al Trabajo 2018.
Según el Coneval, los nuevos empleos que se generaron mediante “campañas o fiscalización” desde 2012 fueron de “bajos salarios”; a la fecha siete de cada diez trabajadores formales ganan menos de tres salarios mínimos, y cuatro de cada diez trabajadores tienen un ingreso que no les permite comprar los productos de la canasta alimentaria.
Cada año desde 2005 y 2015, un millón de jóvenes se incorporaron a la población económicamente activa, y se convirtieron en potenciales buscadores de empleo; a la par, la caída del crecimiento económico redujo la generación de empleos. Ambos factores combinados provocaron un disparo de 32.7% en la tasa de desempleo, de 16% de la informalidad, y la mayor precariedad laboral.
En años recientes, la precariedad se agravó con el incremento del número de trabajadores con contratos temporales y la práctica cada vez más frecuente de recurrir a la subcontratación. Aunado a ello, el informe destacó la “falta de organizaciones sindicales verdaderamente representativas y de un terreno de juego más nivelado en los órganos tripartitos y los espacios de diálogo social”.
De acuerdo con el estudio, el 26% de los trabajadores lleva menos de un año en su trabajo, y solamente el 8.6% de ellos lleva más de dos décadas, y la tasa de “rotación anual” de los puestos de trabajo es de poco más de un año; es decir, que cada año se sustituyen los trabajadores de tres de cada diez puestos, sobre todo en los sectores de la construcción y la agricultura.
A pesar de que México firmó 79 convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y estableció el derecho al trabajo hace cien años en el artículo 123 de la Constitución, el 76% de la población considera que el Estado mexicano incumple con su deber de garantizar un “trabajo bien remunerado”, y nueve de cada diez personas preferirían tener un trabajo formal.
El Coneval también observó que “en 2016, la mitad de los entrevistados no escucharon siquiera hablar de los derechos sociales, es decir, apenas hubo una leve mejora respecto de dos años atrás (…) entre aquellos que respondieron que sí conocían estos derechos, apenas 5.4% escuchó hablar del derecho al trabajo y solo 2.5% mencionó la seguridad social”.
Las empresas pueden abusar de sus asalariados con una impunidad casi absoluta, dado que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STyPS) prefiere “asesorar” las empresas a imponerle sanciones.
El estudio muestra que el Estado abandonó a los trabajadores. En 2010 por ejemplo, el gobierno destinó el 0.07% del gasto público para la capacitación y la intermediación. “Al comparar los presupuestos destinados al financiamiento de la formación profesional, México tiene menos de la décima parte de los recursos que se destinan en Brasil”, subrayó.
Por si fuera poco, el gobierno recortó el presupuesto del Servicio Nacional del Empleo, que sirve para acercar las empresas con los solicitantes de empleo y de por sí es insuficiente: Según el estudio, en 2016 el SNE recibió 2 millones de solicitudes de empleo, y solo pudo canalizar 477 mil, dejando fuera a ocho de cada diez personas que buscaron un empleo formal por esta vía. En Campeche, el 93% de los solicitantes no tuvo respuesta.
“La principal vía utilizada para encontrar vacantes y empleo fueron los medios informales, lo que llevaría a personas de bajo nivel socioeconómico a ocupar empleos precarios”, observó el Coneval, según el cual siete de cada diez trabajadores obtuvieron su empleo por medio de parientes o amigos.
Brechas de género
En México solamente el 42.8% de las mujeres participa en el mercado laboral, y ello principalmente en las áreas urbanas, pues solamente una de cada tres mujeres indígenas tiene un trabajo remunerado.
El informe del Coneval subrayó algunos indicadores que muestran la gravedad de la brecha de género en el país: en realidad, las mujeres trabajan en promedio 74.6 horas a la semana, contra 64.4 horas para los hombres. Sin embargo, las mujeres ganan un ingreso por solamente 20.5 horas de trabajo, ya que destinan 54.1 horas para labores domésticas no remuneradas.
Los hombres trabajan en promedio 44.9 horas remuneradas, y solo destinan 19.5 horas al trabajo en el hogar.
“Estas diferencias representan obstáculos para que las mujeres puedan participar en el mercado laboral en igualdad de condiciones que los hombres”, subrayó el informe, el cual insistió en que el acceso a guarderías para las madres trabajadores “es fundamental para lograr el aumento de la tasa de participación femenina”.
Y ello, en medio de la polémica que levantó el presidente Andrés Manuel López Obrador al anunciar su decisión de eliminar los subsidios a las Instancias Infantiles y de otorgar 800 pesos al mes a las familias para que guarden a sus hijos menores de 4 años.
El Coneval también mostró que, en promedio, ocho de cada diez indígenas en el país nunca fueron afiliados a un mecanismo de seguridad social, y encontró que “en todos los casos las personas indígenas se encuentran en peor condición”.
En cuanto a los jóvenes, el Coneval observó que esta población es la principal víctima de la falta de oportunidades laborales, y reporta los mayores porcentajes de informalidad, con 60.6%, contra 57.2% en la población en general.
Ello genera que los jóvenes batallen para acumular experiencia y a su vez pretendan a mayores ingresos, lo cual a su vez obliga a muchos de ellos a permanecer en el hogar de sus padres durante años y puede conducir a la marginación social, alertó el Coneval.
El organismo también señaló la “enorme brecha en la población ocupada informal según nivel de escolaridad”, pues mostró que el 91% de las personas que no fueron a la escuela trabajan en la informalidad, contra el 26.2% para los que fueron a la universidad.

LABORAL / RELACIÓN DE EMPLEO. Economía colaborativa. Precarización

Aportes de la Economía social y solidaria frente al capitalismo de plataformas

  • Estas plataformas digitales de transporte comparten un mismo patrón, el de la elusión de las regulaciones en lo que algunos llaman “innovación sin permiso”.
  • La introducción de formas cooperativas o de economía social y solidaria en el sector del transporte podría ofrecer una visión de cómo las cosas pueden ser diferentes.

domingo, 24 de febrero de 2019

LABORAL / DERECHO A HUELGA. Sobreseen a metrodelegados

Sobreseyeron a los metrodelegados acusados de “asociación ilícita” por reclamar paritarias en el subte
A favor del derecho de protesta
El juez Tavosnanska rechazó el planteo de la fiscalía porteña y reivindicó el derecho de huelga de los trabajadores del subte. Encuadró el caso en un “conflicto sindical y laboral”. “Estaban en juego derechos humanos de segunda generación”, subrayó la APDH.

El juez en lo Penal, Correccional y de Faltas de la Ciudad de Buenos Aires Norberto Tavosnanska sobreseyó ayer a los siete metrodelegados acusados de “asociación ilícita” por parte del Ministerio Público Fiscal por el hecho de haber llevado adelante medidas de fuerza en el subte. Además, el magistrado valoró la presentación de los representantes de los organismos de derechos humanos, que en enero habían solicitado ser incluidos en la causa como Amicus Curiae. “Admitió que en la causa estaban en juego derechos humanos de segunda generación”, destacó el abogado de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos, Eduardo Tavani.
En su resolución de ayer, Tavosnanska rechazó prácticamente todos los argumentos de la fiscalía porteña. “No hay elementos mínimos (para afirmar) que estamos en presencia de una asociación ilícita”, sostuvo tajante el magistrado y remarcó, en cambio, que se trató de un “conflicto sindical y laboral”. “Cuando se ejerce un derecho constitucional, cuando hay huelga, no puede ser prohibida, el tema es la metodología que se considera desproporcionada o no”, señala Tavosnanska. Pero según el magistrado, “fue mínimo” el impedimento utilizado para llevar a cabo las medidas de fuerza. Por otro lado, consideró que había “vías alternativas de circulación”. “Sobre los forcejeos, y la actividad policial y los gremialistas, y el Ministerio Público Fiscal no pudo acreditar que hubo personal herido o lesiones”, subraya la transcripción de la audiencia en la que el magistrado sobreseyó a los acusados.
El representante de los organismos de Derechos Humanos dijo a PáginaI12 que “lo resuelto ubica y reconoce con claridad la disponibilidad de medios con los que cuentan los trabajadores y sus organizaciones para ejercer sus derechos, que no pueden ser objeto de persecución penal”. En ese sentido, para Tavani, la importancia del sobreseimiento de los trabajadores Carlos Augusto Pena, Gregorio Federico Soria, Noelia Elizabeth Rodas, Marcos Raúl Robledo, Claudio Fernando Rosas, Hugo y Leonardo Giménez radica en que logró “desbaratar una acusación sin fundamento alguno, que pretendió sostenerse en la figura de la asociación ilícita perseguida inverosímilmente por la representante del Ministerio Público Fiscal”, en referencia a Celsa Ramírez. Esta imputación “mantenía a un grupo de trabajadores sometidos a proceso por el solo hecho de haber ejercido derechos reconocidos por normativa vigente y que a nuestro entender y ahora tras el fallo, al del propio magistrado, carecía de asidero”, resaltó el abogado.  
El motivo de la acusación impulsada por la fiscal Ramírez fue el plan de lucha que los metrodelegados desarrollaron a mediados de 2018 para que, tanto la empresa Metrovías como el Gobierno de Horacio Rodríguez Larreta, incorporaran a su sindicato a la mesa de negociación de aumento salarial. Entonces, los trabajadores liberaron los molinetes y llevaron a cabo paros escalonados y por línea para insistir en que fueran citados a la negociación, medidas a las que la empresa y el Ejecutivo de la Ciudad respondieron con sanciones. En mayo, la situación culminó en represión y 16 trabajadores y delegados detenidos. La orden la emitió, también, la fiscal Ramírez quien, durante la audiencia de ayer insistió en que la Asociación Gremial de Trabajadores del Subte y Premetro (AGSTyP) es una “organización que tiene como objeto la interrupción del servicio público”, reforzando la idea de que los trabajadores actuaron en tanto integrantes de una “asociación ilícita”. “La finalidad es de cometer delitos. Los elementos del legajo demuestran el accionar de los imputados, y uno de los propósitos es entorpecer el normal funcionamiento del transporte”, aseguró la funcionaria del Ministerio Público Fiscal. El juez no lo consideró así.
Informe: Sibila Gálvez Sánchez

LABORAL / DERECHOS INDIVIDUALES. España. Licencia por paternidad. Nueva normativa.


El Gobierno elevará el permiso de paternidad a 16 semanas por decreto ley

EFE 22.02.2019 - 19:11H

·       El Ejecutivo aparca grandes medidas sociales e inaugura sus decretos previos al 28-A.   


El Gobierno ha incluido la ampliación progresiva del permiso de paternidad a 16 semanas en el decreto ley de medidas urgentes para garantizar la igualdad de trato entre mujeres y hombres en el empleo, que planea aprobar en las próximas semanas y cuyo borrador ha trasladado a los agentes sociales.

El documento establece un permiso de paternidad de 8 semanas desde su entrada en vigor (al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado), que aumentará a 12 semanas a partir del 1 de enero de 2020 y a 16 semanas desde el primer día de 2021.

De esta forma, desde 2021 ambos progenitores disfrutarán de permisos iguales, intransferibles y retribuidos, con una licencia de seis semanas ininterrumpidas para ambos al principio y otras diez semanas para cada uno a distribuir hasta los doce meses desde el nacimiento o adopción.

Las seis primeras semanas se disfrutarán a jornada completa, mientras que las otras diez podrán repartirse a jornada completa o parcial a lo largo del primer año de vida (o de adopción) del hijo, pero no podrán cederse al otro progenitor.

Como incentivo, si ambos progenitores los disfrutan de forma equitativa podrán ampliar el periodo de permiso en una semana más cada uno.

El borrador amplía este permiso en los casos en los que el recién nacido deba quedarse hospitalizado tras nacer "en tantos días" como esté ingresado, con un máximo de 13 semanas adicionales.

Este decreto modifica tanto el Estatuto de los Trabajadores como el Estatuto Básico del Empleado Público, de forma que los trabajadores de la Administración también estarán sujetos a esta ampliación del permiso de paternidad, con la misma escala gradual, así como a la posibilidad de disfrutar ambos progenitores del permiso de lactancia.

La norma amplía el permiso de lactancia también al otro progenitor, de forma que ambos tendrán derecho a una hora de ausencia del trabajo —que podrán dividir en dos medias horas— hasta que el hijo cumpla los 9 meses.

También es posible acumular esta reducción en jornadas completas, que pueden disfrutarse de forma simultánea pero que no son transferibles entre ambos progenitores, con el incentivo de que si ambos ejercen este derecho de forma igualitaria, podrá extenderse hasta que el lactante cumpla el año, pero con una reducción proporcional del salario desde los 9 meses.

Registro salarial de los trabajadores

Otra novedad es que todas las empresas estarán obligadas a llevar un registro salarial con los valores medios de los salarios, los complementos salariales y las percepciones extrasalariales de su plantilla.

Deberán presentarse desagregados por sexo y distribuidos por grupos profesionales, categorías profesionales o puestos de trabajo de igual valor. Los trabajadores tendrán derecho a acceder al registro salarial de su empresa.

Se presumirá que existe discriminación salarial cuando en una empresa con al menos 25 trabajadores el promedio de las retribuciones de los trabajadores de un sexo sea superior al del otro en un 25% o más, tomando el conjunto de la masa salarial o la media de las percepciones satisfechas, salvo prueba en contrario que lo justifique por motivos no relacionados con el sexo de los trabajadores.

Plan de igualdad en empresas

El decreto incluye también la obligación para las empresas de más de 50 trabajadores de elaborar y aplicar un plan de igualdad, que hasta ahora solo era preceptivo para las empresas de más de 250 empleados.

Los planes deberán incluir medidas evaluables dirigidas a eliminar los obstáculos que impiden la igualdad efectiva.

Las empresas de entre 50 y 250 trabajadores dispondrán de un año, desde la entrada en vigor del decreto, para hacer voluntariamente el plan de igualdad, que será obligatorio cuando se cumpla ese plazo.

Se crea un registro de planes de igualdad de las empresas dependiente de la Dirección General de Trabajo, en tanto que las comunidades autónomas crearán el suyo.

Ver más en: 
https://www.20minutos.es/noticia/3570818/0/gobierno-decreto-ley-permiso-paternidad-16-semanas/#xtor=AD-15&xts=467263


FUENTE Y ARTÍCULO COMPLETO

sábado, 23 de febrero de 2019

LABORAL / CONDICIONES LABORALES. España. Desconexión digital.

Derecho a no recibir ninguna comunicación fuera del horario de trabajo

Las empresas afrontan el reto de implantar el derecho a la desconexión digital

Noticia
En 2018 se ha regulado por primera vez en España el derecho a la desconexión digital en el ámbito laboral. Los trabajadores tendrán derecho a no recibir correos electrónicos, llamadas, mensajes de whatsapp ni ninguna otra comunicación relacionada con el trabajo fuera del horario laboral. Unas medidas complejas de implantar para las empresas, que supondrán un enorme reto durante el presente ejercicio.
Se trata de una de las novedades jurídicas más destacadas de la sesión “¿Qué ha supuesto el 2018 desde una perspectiva laboral?” organizado por Fieldfisher JAUSAS con Talmac Bel, socio, y Alicia Redondo, abogada. También se presentaron algunas de las previsiones que marcarán el 2019.
Según Alicia Redondo, “es la empresa quien queda obligada a establecer las pautas para garantizar ese derecho, y eso deja en el aire muchas preguntas”. Como ejemplo explicó a los presentes en el acto que “no están reguladas las consecuencias de un incumplimiento”. Las compañías deberán tener en cuenta que esta normativa será de aplicación en todos los ámbitos del trabajo (desde responsables a subordinados, pero también entre trabajadores del mismo rango), aunque “siempre será la empresa el responsable último de aplicar medidas para el cumplimiento”, ha destacado Redondo.
Otro aspecto importante que afectará de forma notable a las empresas es el derecho a la intimidad del trabajador. No solo en referencia a los dispositivos digitales que la empresa proporcione para su labor, sino también frente a los posibles dispositivos de videovigilancia dispuestos en el lugar de trabajo. Tal y como recuerda Talmac Bel, “no se promueve una política de intervención cero, pero sí que deberá dirigirse la actuación al mínimo imprescindible”. En este sentido, será fundamental “la advertencia previa al trabajador del uso que debe hacer de sus dispositivos de trabajo: si es profesional, personal o mixto”, ha remarcado.
La indemnización por contrato temporal también ha sido un tema muy controvertido, especialmente por una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en la que se reconocía el derecho del trabajador a ser compensado por la finalización de su contrato con la indemnización de despido objetivo. “En 2018 se han producido hasta 2 sentencias rectificando esa doctrina”, ha explicado Bel, dejando abiertas cuestiones “de dudosa interpretación para la recalificación del contrato como indefinido, como calificar una duración de «inusualmente larga»”.
El 2018 también ha supuesto novedades importantes para las compañías que requieren desplazar trabajadores a otros países, ya que la normativa obliga a “garantizar la remuneración y condiciones de igualdad entre las empresas que desplazan a sus trabajadores y las empresas locales del país de acogida”. Según Alicia Redondo “antes solo estaba garantizado el salario mínimo, con lo cual nos encontramos ante un cambio muy relevante”.
PREVISIONES PARA 2019
Los ponentes también avanzaron algunas de las cuestiones que marcarán el año presente en el ámbito laboral. Las más destacables serán la tramitación de iniciativas parlamentarias que obliguen al registro de la jornada laboral en todos los casos, el nuevo régimen de legal de aplicación a las contratas y subcontratas o las nuevas políticas para garantizar la igualdad de géneros, incluyendo las medidas para la conciliación o para eliminar la brecha salarial.

LABORAL /MERCADO DE TRABAJO. Informe de la OIT

OIT: informe sobre el futuro del trabajo

‘[...] propone un mundo del trabajo enfocado en las personas, a través de 10 medidas [...]'
Carlos Ayala Montero
opinion@laestrella.com.pa
El 22 de enero pasado se presentó el informe de la Comisión Mundial designada por la OIT para abordar el tema del futuro del Trabajo, que laboró por 15 meses, integrada por miembros destacados del mundo empresarial, laboral y académico, organizaciones gubernamentales y ONG.
‘El mundo del trabajo experimenta grandes cambios que crean numerosas oportunidades para más y mejores empleos. Pero los Gobiernos, los sindicatos y los empleadores necesitan trabajar juntos, a fin de hacer que las economías y los mercados laborales sean más inclusivos. Este tipo de diálogo social puede contribuir a que la globalización nos beneficie a todos', declaró el primer ministro sueco, uno de sus co-Presidentes.
‘Las cuestiones destacadas en este informe son relevantes para las personas en todas partes y para el planeta', comentó el director general de la OIT. ‘Pueden ser desafiantes, pero si las ignoramos, lo hacemos por nuestra cuenta y riesgo'.
El informe indica que, según datos de OIT, 190 millones de personas (64 millones son jóvenes) deben ser empleadas antes de 2030 para aminorar el desempleo mundial; que 2000 millones de personas laboran en la informalidad; que 300 millones de trabajadores viven en pobreza extrema (menos de B/2.00 al día); que los salarios en el mundo crecieron solo en 1.8 % en 2017, mientras que el año anterior habían crecido 2.4 %; que la mujeres reciben 20 % menos salarios que los hombres; que entre 1989 y 2017, el 1 % de la población aumentó sus ingresos en 27 %, mientras que el 50 % de la población mundial más pobre solo aumentó sus ingresos en 12 % y que solo el 54 % de la población mundial tiene acceso a internet.
En consecuencia, propone un mundo del trabajo enfocado en las personas, a través de 10 medidas centradas en tres ejes medulares. Primer eje: Incrementar la inversión en las capacidades de las personas que conllevará a, a) Reconocer un derecho universal al aprendizaje permanente; b) Incrementar inversiones en instituciones, políticas y estrategias que apoyen a las personas en las transiciones del trabajo, que los jóvenes se integren al trabajo, a la vez que los trabajadores de edad avanzada puedan seguir activos económicamente; c) Aplicar un programa transformador y mensurable para lograr la igualdad de género; d) Fortalecer los sistemas de protección social, asegurando cobertura universal de protección social desde el nacimiento a la vejez.
El segundo eje sería Incrementar inversión en las instituciones del trabajo. a) Estableciendo una Garantía Laboral Universal que facilite un piso de protección social para todos los trabajadores, entre ellos, los derechos fundamentales de los trabajadores, un salario vital adecuado, límites al tiempo de trabajo y mayor seguridad e higiene en el lugar de trabajo; b) mayor disponibilidad de tiempo, procurando que se concilie la vida profesional con la familiar, sujeto a necesidades de la empresa, que garantice horas mínimas; c) Promover la representación colectiva de los trabajadores y de los empleadores, así como el diálogo social, mediante políticas públicas; d) Gestionar correctamente la tecnología en aras del trabajo decente y adoptar medidas que favorezcan el control humano de la misma.
El tercer eje es Incrementar la inversión en trabajo decente y sostenible, a) Creando incentivos a la inversión en áreas clave que fomenten el trabajo decente y sostenible y b) Remodelar las estructuras de incentivos empresariales para alentar inversiones a largo plazo en la economía real con indicadores de progreso complementarios en aras del bienestar, la sostenibilidad medioambiental y la igualdad.
Estos esfuerzos requieren de solidaridad entre las personas, las generaciones, los países y las organizaciones internacionales, indica el informe, concluyendo que los cambios en el mundo del trabajo marcarán la vida laboral de los jóvenes, por lo que hay que ofrecerles la mejor preparación para que naveguen por las transiciones que dichos cambios implican, apertrechando colectivamente a la sociedad para aprovechar al máximo las oportunidades que se presentan.
EL AUTOR ES DOCTOR EN DERECHO DEL TRABAJO Y PROFESOR UNIVERSITARIO.

miércoles, 20 de febrero de 2019

LABORAL / RELACIÓN DE EMPLEO. Plataformas digitales. Precariedad.


Precariedad laboral en plataformas está creando jornaleros digitales: OIT



Para la Organización Internacional del Trabajo los modelos bajo los que operan algunas plataformas digitales han acentuado la precariedad laboral y llama a los gobiernos a generar políticas laborales que respalden los derechos de estos trabajadores, específicamente su seguridad social.


En un estudio de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) que propone modificaciones en los mercados laborales para mejorar las condiciones del futuro, se alerta que de no regularse la operación de estas plataformas que subemplean a los habitantes, las próximas generaciones estarán conformadas por jornaleros digitales.

Uber, Uber Eats, Rappi, Cabify y otras plataformas digitales operan bajo un modelo en el que los trabajadores fungen sólo como contratistas independientes y las firmas no están constituidas como patrones. Para la OIT la economía de plataformas ha provocado que se acentúe la precariedad laboral en los países donde estas prácticas están permitidas y afirma que las políticas públicas deben centrar su atención en todas las nuevas formas que toma el trabajo.

En su estudio, la OIT llama a los gobiernos a atender estas nuevas necesidades de la economía digital poniendo como prioridad la prevalencia del trabajo decente en todos los rubros laborales.
El derecho a la seguridad social

En México el 55% de toda la población ocupada no cuenta con prestaciones sociales. Ni siquiera el acceso a instituciones de salud y la mayoría de estos trabajadores no gana más de tres salarios mínimos mensuales, de acuerdo con la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE) del Inegi. Esta situación significa que más de la mitad de la gente que trabaja en el país se encuentra en situación de vulnerabilidad laboral.

En este grupo de trabajadores se encuentran todos los que han transitado al empleo de plataformas, cuya situación laboral es de alto riesgo debido a que sus labores incluyen el tránsito constante en vías públicas y ninguna institución de salud pública está obligada a atenderlos en caso de accidente.

Por ello la OIT puntualiza la necesidad de atender el problema de la seguridad social. Afirma que las políticas laborales deberán encaminarse a universalizar la cobertura eficiente y eficaz de los sistemas contributivos, como el IMSS y el ISSSTE en México. Además de adecuar los sistemas de protección social para respaldar también a los trabajadores por cuenta propia y los trabajadores de plataformas digitales.
El derecho a la desconexión digital

Otro de los factores que vulneran laboralmente a los trabajadores digitales es la duración de sus jornadas en relación con sus ingresos. Como no tienen contratos, no tienen salarios fijos y por tanto sus ingresos dependerán de lo que trabajen.

Algunas de las plataformas castigan de algún modo cuando un trabajador decide declinar las solicitudes laborales que le aparecen digitalmente. La OIT sugiere que los gobiernos establezcan legalmente el derecho a la desconexión digital, que permita a los trabajadores disfrutar de sus tiempos libres o en este caso, decidir sin repercusiones cuándo trabajar y cuando no.
La organización colectiva e internacional

Otro de los grandes problemas del empleo de plataformas es que las firmas que operan bajo este modelo tienen reglas distintas entre países, en algunos deben cumplir con sus obligaciones laborales como patrón, en la mayoría no es así. Por lo que se dificulta la protección de los trabajadores contra el trato injusto o la precariedad de sus empleos.

La OIT identifica que este sector de la economía no cesará su expansión, por lo que recomienda que se desarrolle un sistema de gobernanza internacional de las plataformas digitales de trabajo que exija a las firmas y a sus clientes que garanticen ciertos derechos y protecciones laborales básicas.

ana.garcia@eleconomista.mx

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