Admitieron la impugnación de la maternidad promovida en un caso de gestación por sustitución
SINTESIS
Declararon la inconstitucionalidad del art. 562 del CCyCN, admitiendo la impugnación de maternidad promovida por una mujer que actuó como gestante sin voluntad procreacional, revocando la sentencia que había rechazado el pedido que se inscriba a la niña únicamente como hija del progenitor. Argumentaron que la decisión recurrida no solo contraviene el interés superior de la niña, sino que importa forzar la maternidad de la gestante, en clara violación a su autonomía reproductiva, colocándola en una situación de vulnerabilidad, que deriva en una revictimización incompatible con el sistema de protección integral de derechos que el Estado argentino se comprometió a brindar (Convención de Belém Do Pará y Ley 26.485), al imponerle una responsabilidad parental que no desea asumir. Agregaron que la identidad no sólo surge del lazo biológico, sino que también hay otros modos y otros lazos como el volitivo, de gran relevancia para la determinación filial en materia de reproducción asistida.
No hay comentarios:
Publicar un comentario