domingo, 2 de agosto de 2026

FAMILIA / ALIMENTOS. Argentina. Cuota equivalente a la canasta de crianza.

Cuota alimentaria a cargo del padre y el abuelo, equivalente a la canasta de crianza para infancias de 6 a 12 años publicada por el INDEC













Partes: M.S.A. c/ A.M.N. y O.Á.A. s/ modificación de cuota alimentaria

Tribunal: Unidad Procesal de Bariloche

Sala / Juzgado / Circunscripción / Nominación: 7

Fecha: 3 de febrero de 2026

Colección: Fallos

Cita: MJ-JU-M-158782-AR|MJJ158782|MJJ158782

Voces: ALIMENTOS – ALIMENTOS DE HIJOS MENORES – ALIMENTOS ENTRE PARIENTES – ALIMENTOS A CARGO DE LOS ABUELOS – CUOTA ALIMENTARIA – ÍNDICE DE CRIANZA

Se fija una cuota alimentaria contra el progenitor -y se extiende abuelo- equivalente a la canasta de crianza para infancias de 6 a 12 años publicada por el INDEC.


Sumario:

1.-La pauta de actualización convenida entre las partes fue insuficiente para acompañar el incremento en el costo de vida, y un monto de cuota inferior a los $75.000, es claramente insuficiente para contribuir a cubrir las necesidades de la niña que al presente cuenta con 7 años de edad.

2.-La informalidad laboral, por sí sola, no puede ser utilizada como argumento para eludir o atenuar una obligación alimentaria, de carácter imperativo e indisponible, que debe ser atendida con prioridad.

3.-La obligación alimentaria debe extenderse hacia el abuelo de la menor, ya que se encuentra debidamente probado que la actora ha enfrentado serias dificultades para percibir en forma regular y suficiente los alimentos a cargo del progenitor.

FUENTE Y FALLO COMPLETO

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