Jurisprudencia laboral del TSJ: los últimos argumentos que están en juego en materia procesal
Conocer los criterios más actuales del Tribunal Superior evita un peregrinaje de ciudadanos y letrados por distintos fueros. Beatriz Calvimonte, secretaria Laboral del Alto Cuerpo, considera clave lograr una necesaria economía procesal que eficientice la justicia. Explica cómo lograrla y sus efectos en el Procedimiento Declarativo Abreviado (PDA)
Conocer los criterios más actuales y relevantes de la Sala Laboral del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) en cuestiones procesales vinculadas con competencia, cautelares, desistimientos, honorarios, comparendos, poderes, audiencias, nulidades y recursos ordinarios y extraordinarios, se traduce en forma directa en una tramitación procesal más eficiente. Así lo advierte Beatriz Calvimonte, magíster en Derecho del Trabajo y Relaciones Laborales Internacionales y secretaria letrada de Cámara en la Secretaria Laboral del Alto Cuerpo.
El próximo viernes, junto a Belén del Valle y Pablo Martí -también secretarios laborales del TSJ-, será la encargada de dar inicio al próximo curso sobre el tema, organizado por Comercio y Justicia Capacitaciones. Antes, brindó un anticipo.
-¿Cuál es el principal efecto de conocer hoy la última jurisprudencia de la Sala Laboral del TSJ?
-Eficientizar los procesos y los procedimientos, más en el marco del Procedimiento Declarativo Abreviado (PDA) nuevo, porque éste le da todavía más fuerza al precedente, a la última interpretación del TSJ. Entonces, en ese marco, todos tenemos que hacer un esfuerzo en identificar cuáles son los criterios más uniformes que va sosteniendo el TSJ a medida que pasa el tiempo y en estas cuestiones procesales.
Que los abogados y los tribunales conozcan las últimas interpretaciones de la Sala Laboral respecto a cuestiones que se plantean muchísimo -por ejemplo lo de empleados públicos contratados, convenios colectivos, todas esas cuestiones que están definidas por los fallos-, es muy valioso para evitar un peregrinaje de los ciudadanos y los letrados por distintos fueros. Ese peregrinaje lleva tiempo, insume recursos, hay una economía procesal en juego con todo esto que me parece superimportante.
En la vorágine diaria que tenemos todos, más aún los profesionales independientes, tal vez no puedan detenerse a hacer una actualización en todos los aspectos procesales que vamos a dar en este curso porque vamos a iniciar con competencia, con algunas cuestiones de legitimación, después se van a plantear algunos fallos de embargo que son muy importantes, honorarios y cuáles son las últimas pautas vigentes con la última reforma del Código Arancelario, los incidentes que se han planteado en las audiencias. Es un recorrido procesal en el que queremos brindarles esas pautas más uniformes que se han venido manteniendo a los fines de colaborar en que se haga de un modo más eficiente y más rápido el acceso a la justicia, al fallo, a la decisión. A su vez, mostrarles los argumentos que pueden contraargumentar. Los abogados son grandes constructores de jurisprudencia porque son los que nos plantean los argumentos y muchas veces nos hacen a los tribunales cambiar las propias decisiones. Es un repaso de los últimos argumentos que están dando vuelta, que están en juego en materia procesal.
-¿Qué trajo el PDA en toda esta temática?
-El PDA ha incorporado una nueva causal de casación que es una sentencia contradictoria o cuando el fallo contraría la última interpretación del TSJ, con lo cual le da una fuerza al precedente que lleva esa última interpretación sin límite de tiempo. ¿Por qué le da esa fuerza? Porque quiere un procedimiento rápido, celeridad, cierta igualdad y uniformidad a la hora de mirar esas decisiones. Pero… guarda con esas decisiones porque también podemos encontrar críticas que después van a surgir seguramente, el tema de que existen excepciones porque las situaciones fácticas no sean las mismas y porque la justicia en el caso concreto también haga que se varíe alguna interpretación.
-De la última jurisprudencia del TSJ, ¿cuál destacaría?
-El plazo de caducidad para iniciar las acciones fundadas en la Ley de Riesgos del Trabajo; es la constitucionalidad de ese plazo que estaban esperando muchas causas. Ése fue uno de los últimos que ha sacado acá el Tribunal Superior, que es muy importante. Vamos a ver qué dice la Corte, pero es empezar a destrabar un poco porque, a partir de esa interpretación y a partir de la nueva causal del PDA, ya es como que hay que declararlo constitucional pese a la postura que pueda tener el juzgado.
Hay otro (caso) de mínimos arancelarios muy interesante, que los abogados siempre nos preguntan. Vamos a dar las pautas generales en materia de honorarios porque es muy casuístico. Hay dos pronunciamientos interesantes. También hay un fallo en materia de honorarios por las actuaciones en comisión médica; aborda el tema de a qué fuero van a pedir honorarios los letrados por esa actuación.
-¿Qué otros temas suelen inquietar a los operadores judiciales?
-Todo lo que es relacionado con los incidentes de nulidad, las posibilidades de impugnación a medida que va transcurriendo el proceso ya sea en actos o en audiencias. También tenemos las vías recursivas propias y la aplicación, por ahí taxativa, del Código Procesal Laboral, porque no hay supletoriedad con el Código Procesal Civil en materia recursiva y eso sigue vigente. Cuándo hay alguna excepción en vía recursiva, eso también va a ser objeto del curso. También los efectos de los recursos que son importantes: casación y queja, que siempre tenemos consultas, el principio de taxatividad.
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