Un infarto en el centro de trabajo antes de empezar la jornada no es accidente laboral
Se plantea en el recurso si un infarto que tiene lugar en los vestuarios del centro de trabajo antes de fichar y de comenzar el turno de trabajo puede considerarse accidente de trabajo.
Iustel
Conforme a la doctrina de la Sala, para que el accidente ocurrido en los vestuarios de la empresa pueda considerarse accidente de trabajo es preciso que se haya fichado e iniciado la jornada laboral. En el presente supuesto el Tribunal estima el recurso de la empresa y declara que el fallecimiento de su trabajador no derivó de accidente de trabajo, dándose en el caso una serie de datos complementarios que alejan el suceso del concepto de accidente de trabajo, al no vincularse el episodio con esfuerzo o actividad o alteración de clase alguna, en una persona que padecía una miocardiopatía dilatada en el tiempo, y que en el control anual se había apreciado cierto empeoramiento.
Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
Sede: Madrid
Sección: 1
Fecha: 22/05/2024
N.º de Recurso: 3911/2021
N.º de Resolución: 724/2024
Procedimiento: Recurso de casación para la unificación de doctrina
Ponente: IGNACIO GARCIA-PERROTE ESCARTIN
Tipo de Resolución: Sentencia
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