lunes, 17 de diciembre de 2018

LABORAL / DESPIDO. Retención de tareas. Legitimidad.


Legitimidad de la retención de tareas ante el incumplimiento del empleador en el pago puntual de los salarios


Partes: Loza Emiliano Fabián c/ Surcos del Valle S.A. s/ despido

Tribunal: Cámara del Trabajo de Mendoza

Sala/Juzgado: Primera

Fecha: 15-ago-2018

Cita: MJ-JU-M-113633-AR | MJJ113633 | MJJ113633


Legitimidad de la retención de tareas ante el incumplimiento del empleador en el pago puntual de los salarios.

Sumario:

1.-No se ajustó a derecho el despido del actor por abandono de trabajo, pues el incumplimiento patronal respecto del pago de los salarios reclamados, que recién se intenta abonar en sede administrativa, legitimó la retención de tareas por parte del trabajador hasta que el empleador satisfaga su débito sin pérdida de haberes, ya que el trabajo puesto a disposición de aquél no se ha concretado por razones no imputables al trabajador.

2.-La ocupación efectiva es un derecho del trabajador con el que se corresponde un paralelo deber del empresario a garantizarlo, y este deber de ocupación sólo puede ser incumplido lícitamente por motivos fundados que impidan la satisfacción de tal deber.

No hay comentarios:

Publicar un comentario