domingo, 25 de diciembre de 2022

LABORAL / RELACION DE EMPLEO. Colombia. Rappi y los sindicatos.

Rappi y los sindicatos

Un justo medio podría ser que las plataformas digitales paguen proporcionalmente a sus asociados con base en los días y horas trabajados un porcentaje de su seguridad social”.

El Ministerio del Trabajo de Colombia anunció que abrirá una investigación contra Rappi por “presunto incumplimiento de normas de seguridad y salud en el trabajo y por su negativa a negociar con el sindicato que infringe normas propias de los derechos de asociación y negociación colectiva” (ver)Tal investigación abre nuevamente el debate sobre qué tanta subordinación laboral tiene las personas que voluntariamente deciden afiliarse a una plataforma digital, que prestan servicios cuando quieren y que, si no lo hacen, las plataformas no los desafiliarán ni “despedirán”.

En este caso nuevamente los hechos suceden primero que el derecho. El derecho ha demostrado no tener capacidad suficiente para prever los cambios drásticos que generan las nuevas tecnologías en la vida cotidiana de las personas y mucho menos tiene la capacidad de crear regulaciones en el menor término de la distancia que dejen satisfechas a las partes interesadas. Ha sucedido con Uber, Airbnb, que encontraron en sus directos competidores la principal amenaza para su negocio como los taxis y hoteles pero que en el caso de Rappi la ha encontrado en un brazo de sus principales aliados, los rappitenderos.

Personalmente tengo mucha admiración por los empresarios que están detrás de Rappi, sea dicho, el primer unicornio colombiano, es decir, una empresa de base tecnológica que, en menos de 5 años de fundada logró una capitalización de más de 1.000 millones de dólares. Estos jóvenes emprendedores, más allá de lograr en tiempo récord, una histórica valorización de su compañía, revolucionaron con esta, la forma de comprar de muchos colombianos. Ahora, en lugar de gastar su tiempo en supermercados, lo pueden destinar para sus hobbies; y le ha dado la oportunidad a más de 10 mil personas de generar ingresos.

¿Es justo el debate sobre si Rappi debe afiliar a la seguridad social a sus rappitenderos y por tanto firmar un contrato laboral con cada uno? Hay una línea delgada, un rappitendero tiene la capacidad de elegir qué días y qué horas quiere estar activo en la plataforma y qué días y horas no. Asimismo, puede trabajar en simultánea con otras plataformas similares como Didi o Jokr. El domiciliario no depende exclusivamente de una compañía, no está supeditado a unos horarios específicos y tiene autonomía para elegir cuando quiere trabajar. No cabría un contrato laboral como lo conocemos hoy día.

Un justo medio podría ser que las plataformas digitales paguen proporcionalmente a sus asociados con base en los días y horas trabajados un porcentaje de su seguridad social y de parte de los asociados asumir el porcentaje restante. Siempre he creído que hay que defender a las empresas porque son estas las que ayudan a mantener nuestra economía a flote pero que también deben generar condiciones justas para sus colaboradores.

Sin tener nada en contra de los sindicatos, con actitudes, como con las que hoy enfrentan a Rappi, pareciera que en muchos casos quisieran desangrar a las empresas con pliegos de peticiones y exigencias que las haría insostenibles y que los miembros de esos sindicatos ni en sus mejores días se les hubiera ocurrido crear.

“Ni tanto que queme al santo ni tan poco que no lo alumbre” reza el refrán.

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