sábado, 24 de enero de 2026

LABORAL / COLECTIVO. Mundo. Los sindicatos dan su apoyo a un tratado vinculante de ONU sobre las empresas y los derechos humanos.

Los sindicatos mundiales reafirman su apoyo a un tratado vinculante de las Naciones Unidas sobre las empresas y los derechos humanos.

Los sindicatos mundiales han reafirmado su apoyo incondicional a un tratado vinculante de las Naciones Unidas destinado a responsabilizar a las empresas por las violaciones de los derechos humanos en sus cadenas de suministro, tras la última sesión del grupo encargado de trabajar sobre este tema.

Las negociaciones del Grupo de Trabajo Intergubernamental de composición abierta, que celebró su undécima sesión del 20 al 24 de octubre, representan una oportunidad crucial para reforzar las normas mundiales en materia de conducta empresarial y proteger los derechos humanos fundamentales, entre los que figuran los derechos de las personas trabajadoras a la libertad sindical y a la negociación colectiva.












Los sindicatos mundiales acogen con satisfacción la propuesta de la presidencia de reformular algunos artículos con el fin de regular, en el derecho internacional de los derechos humanos, las actividades de las empresas transnacionales y otras empresas comerciales. Esta propuesta refleja un esfuerzo sincero por alcanzar un compromiso que permita avanzar de manera constructiva en las negociaciones.

El secretario general de la CSI, Luc Triangle, declaró a este respecto: “Desde hace más de una década, la CSI y las federaciones sindicales mundiales lideran la lucha por la adopción de un tratado que sea sólido y aplicable. Nuestro objetivo es claro: colmar las lagunas jurídicas que permiten a las empresas eludir su responsabilidad en materia de violaciones de los derechos humanos. Debemos poner fin a la prioridad que se ha concedido durante mucho tiempo a los intereses de las empresas en detrimento de los derechos y la dignidad de las personas trabajadoras. El tratado representa una oportunidad histórica para corregir este desequilibrio y situar los derechos humanos en el centro de las prácticas comerciales mundiales.

“En un momento en que el sistema multilateral se ve amenazado, el tratado representa una oportunidad para reafirmar y proteger el orden jurídico internacional. La globalización sin reglamentación ha favorecido la impunidad de las empresas y ha debilitado la democracia. Un tratado sólido y aplicable puede restablecer el equilibrio al colocar los derechos humanos, los derechos de las personas trabajadoras y el Estado de derecho por encima de los beneficios de las empresas.

“Los sindicatos mundiales siguen decididos a colaborar con los Gobiernos, la sociedad civil y las instituciones internacionales con el fin de garantizar que el tratado definitivo imponga una verdadera responsabilidad a las empresas y una verdadera justicia para las personas trabajadoras y las comunidades afectadas por las violaciones cometidas por las empresas”.

El tratado vinculante debe incluir:

Cobertura completa de los derechos humanos: el tratado debe abarcar todo el conjunto de derechos humanos reconocidos internacionalmente, incluidos los derechos sindicales. La libertad sindical, el derecho a organizarse y las condiciones de trabajo seguras son elementos fundamentales, no opcionales.

Aplicabilidad a todas las empresas: todas las empresas, independientemente de su tamaño o sector de actividad, deben ser tenidas por responsables. Eximir a determinadas empresas deja a millones de personas trabajadoras sin protección y sienta un peligroso precedente.

Regulación extraterritorial: las víctimas de violaciones de los derechos humanos por parte de las empresas, especialmente en un contexto transnacional, deben tener acceso a la justicia independientemente del lugar en el que se haya cometido dicha violación. Los Estados deben responsabilizar a las empresas de sus acciones en el extranjero y garantizar vías de recurso.

Diligencia debida en materia de derechos humanos: las empresas deben adoptar y aplicar políticas de diligencia debida en materia de derechos humanos. Es esencial identificar, prevenir y abordar los riesgos relacionados con los derechos humanos antes de que se materialicen. Las empresas deben comprometerse de forma proactiva a prevenir las violaciones, y no limitarse a reaccionar después de que se hayan dado a conocer en los medios de comunicación. 

Mecanismos de ejecución sólidos: un tratado sin mecanismos para ser aplicado no tiene sentido. Debe establecer un sistema internacional sólido tanto de supervisión como de ejecución. Un conjunto dispar de normas voluntarias ha demostrado ser insuficiente: ahora se necesita una reglamentación jurídicamente vinculante.

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