martes, 31 de enero de 2023

LABORAL / DESPIDO. España. Condenan a Correos por acoso a una trabajadora.

Condenan a Correos por acoso laboral del director de la oficina de Ibi a una trabajadora

La empresa estatal deberá indemnizar con 10.000 euros a su empleada tras acordar el juzgado que el superior de la denunciante la hostigó e intimidó de forma constante



La Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos deberá indemnizar con 10.000 euros a una trabajadora por el daño moral sufrido por una situación de acoso laboral por parte del director de la oficina de Ibi. Así consta en una sentencia del juzgado de lo Social número 5 de Alicante que ha sido confirmada recientemente por el Tribunal Superior de Justicia (TSJ), órgano que ha desestimado el recurso presentado por la Abogacía del Estado.

El fallo confirmado por el TSJ consideró probado que se vulneró el derecho fundamental de la trabajadora a la integridad moral y estimó la demanda de la empleada, afiliada a Comisiones Obreras, que figura en la causa como demandante coadyuvante. El magistrado de la primera sentencia acordó además el «cese inmediato» de la situación de acoso laboral a la empleada y que se le otorgue la protección debida. La sentencia confirmada recoge que el director de la oficina de Correos en Ibi llevó a cabo «injustificadamente actuaciones de hostigamiento e intimidación frente a la trabajadora de forma constante en el tiempo, sistemática y reiterada, creando, en perjuicio de la trabajadora, una situación que lesiona su integridad física, psíquica y moral».

Denuncia

La trabajadora acosada presta servicios en Correos desde enero de 2010 y en junio de 2012 adquirió la condición de fija-discontinua. En 2017 fue adscrita a la oficina de Ibi y el 16 de abril de 2020 presentó a la empresa una denuncia en la que aseguraba que estaba sufriendo acoso laboral por parte del director de la oficina de Ibi. Se abrió un expediente en el que prestó declaración personal de la oficina pero se cerró diciendo en enero de 2021 que no se apreciaba acoso laboral, todo lo contrario que el juzgado, que sí considera probado que la denunciante sufrió «mobbing».

Según los hechos probados en la sentencia, una compañera de la mujer acosada declaró que el director se quejaba continuamente de la falta de diligencia de los empleados y de que hablaban demasiado en el puesto de trabajo. Además, se quejaba de que la demandante había dejado de hablarle y le ignoraba, por lo que dijo «que sería él el que la ignoraría», según la testigo. Si la mujer hablaba con algún compañero o con los representantes sindicales, el director aparecía de inmediato para cortar la conversación. Asimismo, le «exigió de malos modos» que se sentara en su despacho para comunicarle que «tendría que liquidar personalmente con él, cosa que no ha pasado con otros empleados».

Tensión

Otro compañero de trabajo manifestó que el director «se mostraba muy enfadado cuando ella no le prestaba suficiente atención». La tensión entre ambos fue «elevada, llegando a haber un forcejeo entre ambos», según este trabajador.

Asimismo, el responsable de la Unidad de Reparto y los otros dos compañeros coincidieron en afirmar que en una ocasión el director trajo en la furgoneta a la trabajadora y ella vino «con mala cara y bastante angustiada». Este responsable también declaró que el director le pidió que dijera por escrito que él nunca se sentaba junto a la demandante, pero se negó a ello y solo admitió hacer un escrito sobre la última cena de trabajo.

No hay comentarios:

Publicar un comentario