viernes, 11 de marzo de 2022

LABORAL / CONTRATO DE TRABAJO. Colombia. Riesgos en la contratación de trabajadores.

Tres riesgos en la contratación de trabajadores que debes conocer

Cerca de la mitad de la población ocupada en Colombia corresponde a trabajadores independientes o por cuenta propia. 

El 47 % de las personas económicamente activas en Colombia son trabajadores independientes.

Fuente: Encuesta Integrada de Hogares, Dane. 

Muchos de ellos corresponden a personas naturales que celebran contratos comerciales, administrativos o de prestación de servicios con diferentes empresas. 

Si en tu empresa usas este tipo de vinculación de terceros, no te puedes perder el siguiente video donde te explicamos cuáles son los riesgos que puedes correr al no gestionarlos correctamente. 

Lee también: ¿Cómo facilitar la contratación de trabajadores independientes? 

¿Cuáles son los riesgos en los contratos de prestación de servicios y otras figuras no laborales?

Una mala gestión de trabajadores independientes o el incumplimiento de la normativa vigente puede traerle a tu empresa tres riesgos principales:

Te recomendamos: Aportes a la seguridad social: ¿Quién es el responsable? 

Recuerda, estos son los riesgos para tu empresa:

Riesgo tributario: aumenta el pago de impuestos 

Cuando liquidas los contratos sin verificar el correcto pago de la seguridad social de los contratistas, tu empresa puede perder el beneficio de deducción del pago de honorarios y comisiones en la declaración de renta. 

Encuentra más detalles aquí: ¿Por qué verificar los pagos de salud y pensión de tus contratistas? ✅ 

Riesgo laboral: demandas por accidentes laborales

Si no garantizas que todos tus contratistas se encuentren afiliados y coticen a la Administradora de Riesgos Laborales (ARL), tu empresa puede recibir demandas en caso de que uno de ellos sufra un accidente. 

Riesgo reputacional: investigaciones de la UGPP

Si la Unidad de Gestión de Pensiones y Parafiscales (UGPP) encuentra que tus contratistas están evadiendo sus aportes, puede involucrar a tu empresa en una investigación solidaria para determinar la razón del incumplimiento legal.

Con Nexoz, nuestra plataforma 100% digital, no solo mitigas los riesgos, también te evitas los trámites y optimizas más el tiempo de tu empresa y sus contratistas. 

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Te respondemos otras preguntas frecuentes en materia de contratación de trabajadores independientes:

¿Quién está a cargo de la afiliación del contratista a ARL?

En el tema de riesgos laborales existen dos escenarios: 

Riesgos laborales tipo I, II y III: 

La empresa contratante debe garantizar que el trabajador independiente se afilie y realice el pago correspondiente a la ARL para tener cobertura durante la duración del contrato. 

Riesgos laborales tipo IV y V: 

La empresa contratante debe asumir la totalidad del costo de afiliación y pago del aporte del independiente a la ARL durante el tiempo de ejecución del contrato. 

Conoce más detalles sobre la correcta gestión de terceros en los sectores de la agroindustria, el transporte, la manufactura, la construcción, el automotor y las telecomunicaciones.

¿Cómo se determina el nivel de riesgo laboral?

Los niveles de riesgos laborales ya están clasificados en el Sistema General de Riesgos Laborales y puedes conocer los cinco niveles en el  Decreto 1295 del 22 de Junio de 1994.

Para determinar a qué nivel pertenece la ocupación u oficio del independiente, puedes revisar el anexo 2 del Decreto 1563 del 2016

¿Cuál es el ingreso base de cotización a seguridad social de los trabajadores independientes?

Lo primero que debes tener en cuenta es que la afiliación a seguridad social como independientes solo es obligatoria para aquellos que perciban ingresos superiores a un salario mínimo mensual vigente. 

Sabiendo esto, el Ingreso Base de Cotización (IBC) para los contratistas debe ser, como mínimo, el 40 % del valor pagado por mes en cada contrato, sin que se incluya el valor total de IVA. 

Sobre este monto es el que se deben hacer los cálculos y pagos al Sistema Integral de Seguridad Social  (ARL, EPS y pensión como independiente) y las demás retenciones de ley. 

Bajo ninguna circunstancia el IBC podrá ser inferior al salario mínimo mensual legal vigente, ni superior a 25 veces el salario.

Porcentajes de aportes a la seguridad social

  • Aportes a pensión: 16 %. 
  • Aportes a salud: 12.5 %
  • Aporte a riesgos laborales: según nivel del riesgo.

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