Ley del Teletrabajo: controversias y polémicas que se deben aclarar en el actual reglamento
El reglamento precisa que el teletrabajador debe cumplir con sus actividades laborales en el espacio establecido previamente. Cualquier cambio debe ser comunicado al empleador con cinco días de anticipación.
El Ministerio
de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) publicó el reglamento de la
Ley N° 31572, Ley del Teletrabajo y las dudas en torno a las nuevas medidas y
aplicación de la misma ya fueron despejadas. Ahora, las empresas cuentan con 60
días calendario para establecer sus protocolos alineados a la norma.
Accidentes de trabajo
El reglamento señala
que los empleadores deberán capacitar a los teletrabajadores sobre temas
de seguridad y salud en el trabajo. Además, debe identificar los
peligros y evaluar los riesgos en el espacio destinado al cumplimiento de las
funciones, así como implementar medidas correctivas a los que se encuentra
expuesto el teletrabajador. Además, en común acuerdo, el empleador y el
teletrabajador debe realizar la prevención y evaluación de los riesgos únicamente
al espacio habilitado para el teletrabajo.
La especialista en
derecho laboral consideró que de ocurrirle un accidente de trabajo al
teletrabajador podría generar controversias en torno a la aplicación del
reglamento pues para ser considerado como tal debe ser demostrado por el trabajador.
“El teletrabajador debe demostrar que la lesión o el daño a su salud se
produce en el lugar de trabajo, en el horario laboral y con las herramientas de
trabajo utilizadas para sus labores. Eso va a generar cuestionamientos de
cómo proceder para probarlo”, señaló.
El siguiente paso,
según el reglamento, es que el empleador debe realizar la investigación
del accidente con participación del comité y/o supervisor de seguridad
y salud en el trabajo, a fin de evaluar si dicho suceso constituye o no un accidente
de trabajo. “Esto va a tener que ir desarrollándose con el paso del tiempo para
ver efectivamente cómo se va a aplicar”, puntualizó.
Teletrabajo dentro y fuera del territorio nacional
El lugar para cumplir
con las funciones laborales es elegido libremente por el teletrabajador y no
necesariamente debe ser en su casa, pero si debe fijar un lugar
habitual que cuente con las condiciones digitales y de comunicación
necesarias para la prestación de los servicios. En caso el teletrabajador desee
cambiar su lugar habitual de teletrabajo debe comunicarlo a su empleador con
una anticipación de cinco días y con carácter de declaración jurada.
Pamela Navarro
consideró que tal como está regulada la norma está pensada para trabajar en
único lugar a fin de que se cumplan con las condiciones de seguridad y salud en
el trabajo. “Esto puede generar discusión porque se debe tener en cuenta que el
teletrabajo no cuenta con la flexibilidad que la gente cree, de trabajar un día
en un lugar y mañana en otro”, expresó y resaltó que cualquier variación
debe ser informado al empleador para que pueda cumplir con las verificaciones
de seguridad y salud en el trabajo.
De otro lado, con la
alternativa de teletrabajar en el exterior, se abre la posibilidad de
contratar personal extranjero. El reglamento indica que se debe
cumplir con las normas migratorias, laborales y tributarias correspondientes.
La abogada señaló que
esta figura podría genera una suerte de vacíos y agregó que se tendrá que
regular en el camino para que se cumplan con los beneficios del
teletrabajador en torno a la planilla, carnet de extranjería, aportes
a EsSalud o descuentos de AFP.
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