martes, 1 de septiembre de 2020

FAMILIA / ASIGNACIÓN DE VIVIENDA. Hijo del acreedor viviendo en bien ganancial. Prohibición de desalojar.

Corresponde rechazar la acción de desalojo al constatar que ese inmueble es el hogar y centro de vida del hijo en común de ambas partes.

14-04-2020
A, P. c/P., C. V. H y/o Tenedores, Intrusos u Ocupantes s/Desalojo
Cám. Apel. Civil y Comercial de Dolores

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1.  Corresponde hacer lugar al recurso de apelación interpuesto por la parte demandada y en consecuencia rechazar la acción de desalojo impulsada por la actora, en tanto si bien el inmueble en cuestión es un bien ganancial, se constató que ese inmueble es el hogar y centro de vida del hijo en común de ambas partes, por lo que es deber de ambos padres la provisión de una vivienda para sus hijos menores de edad y no solo del padre conviviente, máxime cuando todo niño tiene derecho a una protección especial cuya tutela debe prevalecer como factor primordial de toda relación judicial, de modo que ante cualquier conflicto de intereses de igual rango, su interés moral y material debe tener prioridad por sobre cualquier otra circunstancia que pueda presentarse. 

FUENTE Y FALLO COMPLETO

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