viernes, 3 de enero de 2020

LABORAL / DERECHO COLECTIVO. Perú. Despido nulo de dirigente sindical. Reinstalación.



TC ordena reponer a «trabajador de confianza» despedido tras ser elegido dirigente sindical 


Fundamentos destacados: 

Por tanto, habiéndose concluido, por la naturaleza de las funciones que realizaba, que el actor no era un trabajador de confianza, se procederá a analizar si en el presente caso se vulneró el derecho a la libertad sindical y si el demandante fue víctima de un despido nulo como sostiene.

Por tanto, dado que el demandante fue despedido el 30 de noviembre de 2013 (f. 37), esto es, con posterioridad a la constitución y registro del Sitramina (23 y 27 de noviembre de 2013, respectivamente), y en virtud a lo establecido en los fundamentos 15 a 19 y 21 supra, que recogen lo relativo al reconocimiento, alcances y protección del derecho a la libertad sindical previsto en la Constitución Política del Perú, convenios internacionales, normas jurídicas de derecho interno, y jurisprudencia de este Tribunal, se concluye que el demandante fue objeto de un despido nulo, fundado en una conducta antisindical por parte de la emplazada, dado que se vulneró el derecho a la libertad sindical previsto en el artículo 28 de la Constitución


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