domingo, 11 de septiembre de 2022

FAMILIA / ALIMENTOS. México. Ratifica la CNDH defensa del derecho al empleo para deudores alimentarios.

Ratifica la CNDH defensa del derecho al empleo para deudores alimentarios

 
Periódico La Jornada
Lunes 15 de agosto de 2022, p. 14

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) reiteró su defensa a la acción de inconstitucionalidad que promovió en julio contra las reformas aprobadas recientemente por el Congreso de Yucatán, que impiden a un deudor alimentario moroso postularse como candidato independiente por un cargo público de elección popular, integrante del pleno del Instituto de Transparencia del estado, titular de una dependencia pública o por la presidencia de la Comisión de Derechos Humanos local.

Tras afirmar que el organismo no defiende a los deudores alimentarios, argumentó que la medida podría poner en riesgo la satisfacción plena de la obligación alimentaria y atentar contra el interés superior de la infancia y adolescencia, ya que impide al deudor acceder a medios con los que pueda dar cabal cumplimiento a sus deberes.

La CNDH considera que para lograr la pretendida finalidad se pudo optar por medidas menos lesivas, estigmatizantes y que no pusieran en riesgo ningún derecho fundamental.

A la par, indicó que la motivación del recurso de inconstitucionalidad es que las leyes que fueron reformadas por el Congreso local se ajusten a los derechos humanos reconocidos en la Constitución federal, y evitar que se exijan requisitos, para cualquier cargo o empleo, que no se sustenten en aptitudes, idoneidad o conocimiento para la adecuada ejecución de la labor que corresponda.

Insistió que para desempeñar un trabajo se debe privilegiar el mérito personal y la capacidad profesional por medio de mecanismos objetivos de selección. En tanto, dijo, existen otros medios para hacer cumplir las obligaciones alimentarias, como procesos legales y la imposición penal.

En el caso de la prohibición para candidatos independientes, la prohibición es injustificada porque no existe ninguna relación entre el adecuado desempeño del cargo y el cumplimiento de las obligaciones alimentarias, agregó la comisión.

No hay comentarios:

Publicar un comentario