Legitimidad del despido indirecto ante el registro defectuoso de la fecha de ingreso del trabajador
Tribunal: Cámara de Apelaciones en lo Laboral de Rosario
Sala/Juzgado: I
Fecha: 9-abr-2018
Cita: MJ-JU-M-113338-AR | MJJ113338 | MJJ113338
Legitimidad del despido indirecto ante el registro defectuoso de la fecha de ingreso del trabajador.
Sumario:
1.-Se ajustó el despido indirecto en que se colocó el actor, al haberse probado el incorrecto registro de su fecha de ingreso y la negativa de la empleadora a rectificar dicho dato, todo lo cual configura injuria laboral suficiente.
2.-Debe revocarse la sentencia en cuanto recepta el concepto diferencias salariales, pues valorando armónicamente la propia exposición de hechos formulada en la demanda con aquella vertida en oportunidad de no cabe otra solución que concluir en la inexistencia de dichas diferencias, al observar que la suma que admite haber cobrado efectivamente el propio trabajador en concepto de remuneración supera en exceso a aquélla que le correspondía percibir conforme al Convenio Colectivo de Trabajo aplicable.
3.-El interés abarca no solamente el precio por el uso del dinero sino que está integrado por otros elementos -entre ellos la expectativa inflacionaria- que influyen en su monto y que tienden a proteger el valor de la moneda.
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