Formalización del empleo vs. nuevas formas de trabajo
Carlos Hernán Godoy FajardoViernes, 18 de enero de 2019
Qué
hace falta respecto al Derecho del Trabajo?
Hoy resulta evidente, que
en todo el mundo vienen surgiendo negocios diferentes a los que
tradicionalmente conocíamos, a propósito de los desarrollos tecnológicos y la
posibilidad de suplir necesidades a través de medios digitales. Si bien es
previsible que la tecnología puede suplir muchos trabajos que venían siendo
ejecutados por personas, lo cierto que es que de cualquier manera estos nuevos
negocios requieren personal, y por consiguiente, generan oportunidades de
trabajo e ingresos para muchos.
Muchos encuentran una
ventaja en aquellas oportunidades que les permiten tener ingresos periódicos y,
a su vez, cierta flexibilidad que les facilite atender otro tipo de actividades
profesionales, académicas o personales.
Teniendo en cuenta esa
realidad, la acción del Estado debería concentrarse en apoyar y promover las
nuevas formas de trabajo (como lo ha propuesto el presidente Duque), en lugar
de atosigar a los empresarios que generan empleo formal actualmente. No más
multas, inspecciones y nuevas obligaciones a un sector productivo ya agobiado
de cargas por el hecho de hacer empresa y generar empleo tradicional.
De cara a las nuevas formas
de trabajo
Algunos de los
emprendimientos más importantes, son aquellos que se atreven a hacer las cosas
en forma diferente, brindando posibilidades de trabajo por fuera de los
esquemas tradicionales, en condiciones dignas y justas. Así han nacido en el
mundo las llamadas formas de “trabajo colaborativo”, como es el caso de las
plataformas tecnológicas que conectan la oferta y la demanda entre el sector
productivo y los consumidores finales.
El Estado debería
concentrar sus esfuerzos en línea con los preceptos constitucionales de
protección del trabajo en todas sus modalidades, en buscar una fórmula que
permita un equilibrio entre las empresas que traen nuevas propuestas y aquellas
personas que las escogen como una opción de trabajo.
Vale la pena traer a
colación la opinión del doctor Germán Vargas Lleras, en su última columna en el
diario El Tiempo, quien a propósito del tema de las plataformas tecnológicas
señaló que se necesita “(…) regular adecuadamente una política laboral que
tenga en consideración las particularidades de este sector en cuanto a su
estacionalidad y permitan contratos más flexibles, que beneficien a empresas y
trabajadores.”.
El derecho al trabajo es
mucho más que el derecho al contrato de trabajo
Hace varios años escribí
una columna titulada “Derecho al trabajo vs. Derecho al contrato de trabajo”,
tratando de significar que el verdadero objetivo constitucional es el “trabajo
en todas sus modalidades”. Con esto quise expresar que el modelo tradicional
del contrato de trabajo no es adecuado para otras formas de trabajo, por lo que
debemos encontrar alternativas que permitan el equilibrio que beneficie tanto a
empresas como a trabajadores.
Recordemos que hace algunos
años nuestro país dio muestras de poder establecer una regulación especial, de
una forma de trabajo que atendió una realidad empresarial, precisamente con el
fin de encontrar un equilibrio entre las empresas, intermediarios y
consumidores finales. Tal es el caso del esquema de ventas directas o empresas
“multinivel” , cuyo objeto es conectar, a través de un intermediario, la oferta
y la demanda de bienes.
Debemos evolucionar en
políticas laborales más flexibles, pues lo cierto es que la realidad
empresarial es otra y continuará cambiando.
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