La quiebra y los efectos no
resueltos en los derechos de los trabajadores
“Si la empresa quiebra y no hay bienes, simplemente no hay cómo pagar las deudas, incluyendo, por supuesto, las laborales y previsionales. Así, la quiebra afectará los salarios presentes y futuros”.
Claudio Fuentes / Ariel Rossel - 7 diciembre, 2023
La quiebra de una empresa es, sin duda, una catástrofe. Y un ejemplo claro de sus secuelas es la imagen de Juan Herrera en la aclamada producción chilena “Los 80”. Herrera llega como todos los días a la fábrica textil en la que trabaja y se encuentra con la noticia de que el síndico asignado la había incautado y que ya no había manufactura, sueldo, indemnizaciones ni futuro. Simplemente, se le viene el mundo abajo.
Han pasado 4 décadas desde la época en la que se ambientó esa serie de televisión y 40 años desde la peor crisis económica que afectó a Chile desde 1930.
Fueron 790 las empresas que quebraron entre 1982 y 1983, mientras que el desempleo llegó al 23,7% en 1982. Hemos visto otras crisis, como la asiática y la subprime, que también afectaron el empleo y el crecimiento, pero no implicaron el nivel de quiebras de los años 80.
Lamentablemente, el escenario post pandemia provocada por el Covid-19, la guerra en Europa y la crisis económica interna, han hecho que las quiebras regresen paulatinamente a las portadas de los diarios y, tristemente, a las casas de muchos trabajadores.
Para graficar: un informe de Fix Partners Advisors y Castañeda, Chadwick & Pino Abogados, publicado por el diario La Tercera, arrojó que el tercer trimestre de 2023 la deuda de las firmas en reestructuración sumó $ 1.511.000 millones (US$ 1.724 millones), su mayor nivel desde la promulgación de la Ley de Reorganización y Liquidación de empresas y personas en 2014.
Hoy, salvo el seguro de cesantía —que es notablemente superior en prestaciones y cobertura que el antiguo subsidio de cesantía— y algunas buenas modificaciones al sistema de quiebras (que pasó a llamarse Reorganización y Liquidación de Empresas y Personas), no hay mucha más seguridad social para los trabajadores en comparación con los años 80. Siguen teniendo las mismas preferencias y casi los mismos límites establecidos en el artículo 2.472 del Código Civil y alguna norma laboral reglamentaria, que asegura cierta mejor posición en la lista de acreedores, pero nada más.
Ninguna modificación, por buena que sea, se hace cargo del problema de la inexistencia de bienes para liquidar. Si la empresa quiebra y no hay bienes, simplemente no hay cómo pagar las deudas, incluyendo, por supuesto, las laborales y previsionales. Así, la quiebra afectará los salarios presentes y futuros. A contrario sensu, en el caso de existir bienes, a los trabajadores no les queda más que ponerse en la fila, junto al resto de los acreedores (bancos y otros), por si les “alcanza”.
Es evidente que algo está fallando, por lo que resulta necesario que el Estado revise con urgencia el sistema de liquidación de empresas respecto de la protección efectiva de los derechos de los trabajadores, serenando al máximo sus efectos. El Estado debería asegurar, por lo menos, el pago de las remuneraciones pendientes, las cotizaciones adeudadas y parte de las indemnizaciones que le pudiera corresponder a quienes se quedan sin trabajo.
Podría, por medio de una subrogación legal, hacerse cargo de pagar las prestaciones a los trabajadores y después recuperar lo anticipado. El procedimiento debería ser rápido y expedito. Con ello, se le daría más certeza a los trabajadores que, finalmente, en época de crisis son los más afectados.
Una solución estaría en modernizar el seguro de cesantía o crear un fondo de garantía salarial que incluya la contingencia de la quiebra, en donde el Estado asuma los costos del pago de los trabajadores con la posibilidad de repetir en la quiebra. Instituciones como la Defensoría Laboral y la Dirección del Trabajo podrían aportar su inmensa experiencia.
El llamado urgente a la clase política es a pensar en cómo enfrentar las consecuencias de las crisis económicas de manera responsable y en conjunto, independientemente de las razones y sus motivaciones, ya que el Estado no puede fallarle a los trabajadores, quienes son pieza fundamental de toda economía y de toda sociedad democrática.
* Claudio Fuentes Lira y Ariel Rossel Zúñiga son socios del estudio chileno Rossel y Fuentes.
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