El derecho a la ocupación efectiva como argumento para lograr una cautelar
Vista la resolución del CSD al recurso planteado por el FC Barcelona y su petición de medida cautelar podemos concluir que los derechos laborales de los jugadores pasan cobrar un protagonismo inesperado y por tanto a ser una importante herramienta para la obtención de medidas cautelares administrativas.
En estos casos el jugador podría demandar al club y exigir la extinción de su contrato con los efectos inherentes a un despido improcedente.
Parte de las alegaciones realizadas por el FC Barcelona han girado en torno a los perjuicios económicos que les generarían esta posible extinción del contrato de los futbolistas. En el caso particular de Daniel Olmo este incorporó expresamente esta posibilidad en su contrato.
Se trata de una eventualidad laboral que obviamente debería de quedarse en la esfera contractual entre club y jugador, sin embargo el CSD ha considerado este argumento como válido, entre otros, para la estimación de la solicitud de medida cautelar.
Se trata de un precedente que cobra especial relevancia pues cabría preguntarse por qué no podría utilizarse este mismo argumento por parte de cualquier club en situación similar adaptándolo lógicamente a las dimensiones de cada cúal, lo que para el FC Barcelona supone un grave perjuicio - según el club entre 50-500 millones -, ese grave “perjuicio económico” también puede serlo en términos de relevancia para cualquier club con menor presupuesto.
Puestos a reflexionar sobre los derechos laborales de los deportistas y ante semejante sensibilidad mostrada por el CSD podríamos tener presente que el derecho al trabajo efectivo de estos dos jugadores no puede conculcar los derechos laborales del resto en la medida que esta decisión supone una clara discriminación ante jugadores que perteneciendo a diferentes clubes de futbol están supeditados a que estos cumplan las normas de la competición, también los límites presupuestarios establecidos. En esta decisión se ha privilegiado a dos jugadores con respecto a los demás.
En este sentido cabe concluir que no se han ponderado los intereses generales de los jugadores, únicamente el particular de uno-dos. Si esta decisión permite a los clubes incurrir en el incumplimiento de obligaciones económicas y endeudarse volviendo así los fantasmas del pasado como el endeudamiento desproporcionado el daño sobre el colectivo será mucho mayor.
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