miércoles, 13 de agosto de 2025

LABORAL / DERECHO COLECTIVO. España. Plazo de caducidad para demandas de impugnación.

Es aplicable el plazo de caducidad de veinte días en las demandas de conflicto colectivo que impugnan una modificación sustancial de condiciones de trabajo

07/07/2025
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Se plantea en el recurso si el plazo de caducidad de veinte días de los arts. 59.4 del ET y 138.1 de la LRJS para el ejercicio de las acciones en materia de modificación sustancial de condiciones de trabajo se aplica cuando se impugna una decisión empresarial de carácter colectivo.

Iustel

Tal y como tiene establecido la doctrina de la Sala el plazo de caducidad de veinte días no solo se aplica a la impugnación de las modificaciones individuales, sino también a las colectivas, lo que implica que en el presente caso cuando se presenté la demanda de conflicto colectivo había transcurrido con exceso el referido plazo por lo que la acción estaba caducada

Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social

Sede: Madrid

Sección: 1

Fecha: 30/01/2025

Nº de Recurso: 4138/2022

Nº de Resolución: 83/2025

Procedimiento: Auto de aclaración

Ponente: IGNACIO GARCIA-PERROTE ESCARTIN

Tipo de Resolución: Sentencia

FUENTE Y FALLO COMPLETO

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