lunes, 26 de agosto de 2019

LABORAL / ACCIDENTES DE TRABAJO. Ambiente perjudicial de trabajo. Inexistencia de la agresión directa. Irrelevancia.



Un daño indirecto: La falta de agresión directa al empleado no implica que no haya desarrollado un cuadro psiquiátrico y físico en un ambiente de trabajo perjudicial



Partes: Pivac Cristian Rodrigo c/ Asociart ART S.A. s/ enfermedad accidente

Tribunal: Cámara del Trabajo de Mendoza

Sala/Juzgado: Segunda

Fecha: 21-feb-2019

Cita: MJ-JU-M-117400-AR | MJJ117400 | MJJ117400

La falta de hechos de agresión directa al empleado no implica que no haya desarrollado un cuadro psiquiátrico y físico, a partir del ambiente de trabajo que pueda considerarse perjudicial.

Sumario:

1.-Cabe acoger la demanda por enfermedad accidente, ya que la falta de hechos de agresión directa al empleado no implica, necesariamente, que él no haya desarrollado un cuadro psiquiátrico y físico, a partir del ambiente de trabajo que pueda considerarse perjudicial para él por conflictos interpersonales o por cualquier otra causa; ello así, ya que para la seguridad social no es la culpa del empleador el aspecto relevante a efectos de fijar la cobertura del sistema, sino la pérdida de la salud laboral, que genera incapacidad ganancial o directamente discapacidad funcional.

2.-El complejo de antecedentes médicos, tratamientos, diagnóstico de su tratante y posteriormente diagnóstico de la perito médica, sumado a los signos evidentes de angustia en la accionante, señalados por sus compañeros de trabajo, conducen a encontrar una serie de indicios positivos en el sentido pretendido en la acción y que no han sido conmovidos por la actividad probatoria de la demandada.

3.-El concepto de enfermedad profesional tiene la omnicomprensividad necesaria para trascender los límites de los listados cerrados de enfermedades, los que ofician como presunción autoejecutiva de la cobertura en la hipótesis de que se den los tres o cuatro extremos que los contienen (patología, actividad que la ocasiona, nivel de exposición y agente causal presente en la actividad), pero que no impiden tener por ciertas otras condicionantes laborales en la medida que estén científicamente justificadas y tengan origen directo en las tareas.


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