miércoles, 4 de octubre de 2023

LABORAL / CONDICIONES DE TRABAJO. Colombia. Las empresas deben llamar a las personas trans por su nombre identitario.

Las empresas deben llamar a las personas trans por su nombre identitario según la Corte Constitucional












La Corte ordenó a la empresa, mediante la Sentencia T-236 de 2023, pedir disculpas a la afectada, formarse en la atención de violencias basadas en género, y actualizar su protocolo de prevención y actuación frente al acoso.

09 de agosto de 2023. Las personas trans enfrentan constantemente prejuicios en sus entornos comunitarios, educativos y laborales. En este contexto, una mujer trans denunció que el restaurante en el que trabajó intermitentemente durante cuatro años la discriminó constantemente, pues era llamada por su nombre jurídico, veía restringido su acceso a algunas zonas de la empresa, y recibía un trato diferencial en cuanto a carga laboral y horario. Ante esta constante situación, la mujer se vio obligada a renunciar.

El juez que revisó la denuncia inicialmente declaró que el daño había sido consumado ya que la mujer renunció a su empleo; sin embargo, la Sala Novena de revisión revocó este fallo y amparó los derechos de la mujer entendiendo que los actos discriminatorios limitaron su derecho al trabajo. La Corte ordenó a la empresa, mediante la Sentencia T-236 de 2023, pedir disculpas a la afectada por exigirle que cambiara su documento de identidad para llamarla por su nombre identitario, formarse en la atención de violencias basadas en género, y actualizar su protocolo de prevención y actuación frente al acoso incluyendo la prevención de futuros actos de discriminación.

La Corte también dispuso que el juez que revisó el caso inicialmente también reciba formación en violencias basadas en edad, género y diversidad, pues en su revisión del caso debió aplicar la presunción de discriminación que obligaba a que el restaurante demostrara que no había existido tal trato discriminatorio. Además, dictaminó que el daño realizado a la mujer no se daba por terminado con su renuncia, pues se requieren medidas de reconocimiento y reparación. Finalmente, la Sala afirmó que los jueces de la República deben recibir formación para evitar futuras revictimizaciones en casos como este que requieran de un enfoque de género.

Desde Caribe Afirmativo celebramos este fallo que abre las puertas a que las personas trans gocen de garantías para su derecho a la identidad en entornos tan marcada y tradicionalmente discriminatorios como lo han sido los laborales. Esperamos que este precedente dé lugar a que todas las personas trans puedan exigir un trato digno en sus lugares de trabajo y a que los empleadores desarrollen procesos de formación y protocolos para la prevención de la discriminación en los mismos.

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