jueves, 12 de enero de 2017

LABORAL / DESPIDO - Abandono de trabajo. Ausencia de voluntad del empleado.

Ilegitimidad del despido por abandono del trabajo,si la empresa sabía que el actor no se había presentado a raíz del alcoholismo crónico que padecía

Partes: A. J. H. c/ Isidro Peña y Cia S.R.L. s/ despido
Tribunal: Cámara del Trabajo de Mendoza
Sala/Juzgado: Unipersonal
Fecha: 22-may-2013
Cita: MJ-JU-M-79248-AR | MJJ79248 | MJJ79248
Ilegitimidad del despido por abandono del trabajo, pues la empresa sabía que el actor no se había presentado a trabajar a raíz del alcoholismo crónico que padecía.
Sumario:
1.-No se ajustó a derecho el despido por abandono del trabajo, pues no puede considerarse que incumpla con su débito laboral quien se encuentra imposibilitado para ello, pues un trabajador que padece alcoholismo crónico traspasa la ebriedad ocasional y debe ser tratado y juzgado como quien padece una enfermedad inculpable.
2.-La lectura del art. 244 LCT conlleva juzgar la plena aptitud voluntaria del trabajador de abstraerse de su débito, lo cual es incompatible con la de aquél trabajador que, por imposibilidad psicofísica, no puedo reintegrarse; así, el conocimiento de ésta situación por parte de la empresa purga la inferencia de atribuir a la conducta del trabajador (no reintegrarse) la intención de abandono.
3.-La empresa, por otros medios, pudo tomar conocimiento de la imposibilidad psicofísica del trabajador de cumplir con sus obligaciones, por lo que podía sancionarse la falta de aviso, pero no considerar que el trabajador estaba en condiciones de prestar sus labores y que sus faltas se debieron a la vocación de abandono, pues al encontrarse el trabajador imposibilitado, por razones de salud psicofísica, de reintegrarse a sus labores, mal pudo imputársele la libre voluntad de no querer regresar al trabajo.

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