jueves, 26 de enero de 2017

LABORAL / COLECTIVO - Encuadramiento. Competencia Nacional.

Los jueces provinciales carecen de competencia para entender en conflictos intersindicales, siendo el Ministerio de Trabajo el organismo con atribuciones para resolverlos

Partes: Secner (Sindicato de Empleados Casino de las Provincias de Neuquén y Río Negro) c/ Casino Magic Neuquén S.A. s/ competencia
Tribunal: Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería de Neuquén
Sala/Juzgado: II
Fecha: 28-jun-2016
Cita: MJ-JU-M-99890-AR | MJJ99890
Sumario:
1.-Cabe confirmar la declaración de incompetencia decidida por el juez local, pues la cuestión planteada excede la competencia otorgada a los jueces provinciales por el art. 63 de la ley 23.551, habida cuenta que pone en tela de juicio la aptitud representativa del gremio firmante respecto a un sector de trabajadores, y por tanto resulta un conflicto intersindical que deberá ventilarse en la sede administrativa indicada por la norma citada.
2.-El Ministerio de Trabajo de la Nación es la autoridad de aplicación de la ley de asociaciones sindicales y, en su caso, la justicia nacional del trabajo la competente para el conocimiento de los recursos y acciones que regula la propia Ley 23.551 para su control, siendo que en ambos supuestos los jueces locales no tienen jurisdicción para entender en este tipo de actuaciones.

FALLO COMPLETO

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