Conozca qué dice el código penal al respecto
¿Es delito discriminar en ofertas laborales?
Lunes 22 de Abril, 2019
En el marco del escándalo por un anuncio de empleo para contratar dos azafatas en el circuito automovilístico de Navarra, España, el cual indicaba como “imprescindible” tener una talla 95 o 100 de busto, el Observatorio Laboral de la Universidad del Rosario indicó que a la luz del contexto colombiano el mandato de igualdad previsto en la Constitución Política comporta la garantía de no discriminación en los procesos de reclutamiento.
El aviso de empleo lo publicó la empresa Garbo Events hace unas semanas, en cuyo contenido se leía: “Se buscan dos azafatas de alta imagen con disponibilidad para viajar el fin de semana al circuito de Navarra saliendo el viernes 5 por la tarde y volviendo el domingo 7. Imprescindible tener una talla 95 o 100 de pecho. El trabajo consistirá en acompañar a un piloto del circuito. Salario 200 euros netos y gastos pagados”.
Al respecto Iván Daniel Jaramillo Jassir, investigador del Observatorio Laboral de la Universidad del Rosario, explicó que: “En Colombia el control de la fase pre-contractual en materia de corrección de acciones u omisiones discriminatorias constituye asignatura pendiente del Derecho del Trabajo, cuyo ámbito de protección debe extenderse más allá del ámbito de la ejecución del contrato”.
¿Qué dice la ley?
Agregó que: “El mandato de igualdad previsto en la Constitución Política comporta la garantía de no discriminación en los procesos de reclutamiento y selección laboral proscribiendo tratos discriminatorios por razones de sexo, raza, origen nacional o familiar, lengua, opinión política o filosófica”.
En Colombia la restricción en el pleno ejercicio de derechos, en este caso el trabajo, se encuentra tipificada como delito en el ámbito penal que complementa la protección de garantías para la realización de la equidad de género, agregó el investigador.
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