Domésticos All Inclusive: Las tareas de cuidado y atención de personas se configuran dentro del trabajo doméstico al no haber una organización empresaria
Tribunal: Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo
Sala/Juzgado: VIII
Fecha: 10-dic-2018
Cita: MJ-JU-M-116192-AR | MJJ116192 | MJJ116192
Las tareas de cuidado y atención de personas se configuran dentro del trabajo doméstico al no haber inserción en una organización empresaria.
Sumario:
1.-Corresponde confirmar la resolución que concluyó que las tareas realizadas por la actora de cuidado y atención de los padres de la demandada fueron prestadas en el marco del trabajo doméstico, pues no hubo inserción en una organización empresaria con fines económicos y sólo podría haber mediado entre las partes un contrato de trabajo si la demandada explotara una empresa dedicada al cuidado de personas que no es el caso, ya que la contratación de la actora tuvo lugar fuera de todo contexto empresario y laboral.
2.-Corresponde dejar sin efecto lo resuelto en grado en materia de costas e imponerlas en ambas instancias en el orden causado toda vez que sobre el tema principal existen en la actualidad criterios jurisprudenciales y doctrinarios disímiles, por lo que la actora pudo considerarse asistida de derecho para litigar.
Sumario:
1.-Corresponde confirmar la resolución que concluyó que las tareas realizadas por la actora de cuidado y atención de los padres de la demandada fueron prestadas en el marco del trabajo doméstico, pues no hubo inserción en una organización empresaria con fines económicos y sólo podría haber mediado entre las partes un contrato de trabajo si la demandada explotara una empresa dedicada al cuidado de personas que no es el caso, ya que la contratación de la actora tuvo lugar fuera de todo contexto empresario y laboral.
2.-Corresponde dejar sin efecto lo resuelto en grado en materia de costas e imponerlas en ambas instancias en el orden causado toda vez que sobre el tema principal existen en la actualidad criterios jurisprudenciales y doctrinarios disímiles, por lo que la actora pudo considerarse asistida de derecho para litigar.
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