domingo, 21 de julio de 2019

LABORAL / FALLECIMIENTO DEL TRABAJADOR. Indemnización. Necesidad de acreditar vínculo y/o convivencia. Improcedencia del pago..



Con el afecto solo no alcanza: La indemnización por fallecimiento del trabajador no puede ser percibida por quien pudo haber tenido solo una relación afectiva con este


Partes: Brink´s Argentina S.A. c/ Segovia Inocencia Eleuteria y otros s/ consignación

Tribunal: Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo

Sala/Juzgado: IX

Fecha: 19-feb-2019

Cita: MJ-JU-M-117548-AR | MJJ117548 | MJJ117548


La indemnización por fallecimiento del trabajador no puede ser percibida por quien pudo haber tenido una relación afectiva con este si no acreditó una convivencia en aparente matrimonio.

Sumario:

1.-Corresponde confirmar la sentencia que admitió la consignación de la indemnización por fallecimiento del trabajador a favor de sus progenitores, rechazando la pretensión de percibirla por quien invocó su condición de concubina, pues, en el caso, si bien los testigos darían cuenta que existió una relación afectiva entre la peticionaria y el fallecido, no dieron cuenta de haber visto al fallecido en el domicilio en el cual ambos habrían convivido en forma cotidiana en aparente matrimonio.


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