Régimen de visitas: Por efecto de la pandemia, se desestima el pedido de habilitación de asueto judicial tendiente a exigir el régimen de comunicación con un menor
Partes: A. A. s/ habilitación del asueto judicial
Tribunal: Juzgado de Familia de San Isidro
Sala/Juzgado: IV
Fecha: 19-mar-2020
Cita: MJ-JU-M-124374-AR | MJJ124374 | MJJ124374
Por efecto de la pandemia provocada por el Covid19, y en aras de proteger el interés superior del niño, se desestima el pedido de habilitación de asueto judicial tendiente a la ejecución del régimen de comunicación del menor.
Sumario:
1.-Corresponde desestimar el pedido de habilitación de asueto judicial formulado, tendiente a la ejecución del régimen de comunicación, mientras dure la vigencia de las medidas de aislamiento dictadas tendientes a la permanencia de los niños en sus hogares, evitando todo tipo de traslado de los mismos.
2.-Debe contribuirse a la prevención como herramienta útil en beneficio de la sociedad, tomando medidas de prevención que deben tener por objeto reducir la circulación del virus, a fin de resguardar la salud de la población, y en tal sentido se han encaminado las distintas decisiones que tanto a nivel nacional como provincial se han ido adoptando, afectando incluso el normal funcionamiento de la justicia y la asistencia a clases de los niños.
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3.-El país se encuentra en estado de alerta para sensibilizar la vigilancia epidemiológica y la respuesta integrada, la situación actual de fase de contención, tiende a reducir el riesgo de diseminación de la infección en la población; medida esta que frente al riesgo que genera el avance a nivel mundial de la enfermedad resulta adecuada para direccionar el esfuerzo sanitario y neutralizar la propagación de la enfermedad.
4.-Al evaluar y determinar el interés superior de un niño también debe tenerse en cuenta la obligación del Estado de asegurarle la protección y el cuidado que sean necesarios para su bienestar.
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