Responsabilidad parental unilateral: Se otorga el cuidado personal exclusivo de una niña a su madre, por considerar que la relación con el padre era poco saludable
Partes: A. M. D. C. c/ T. A. s/ tenencia
Tribunal: Cámara de Apelación en lo Civil, Comercial y Laboral de Rafaela
Sala/Juzgado: V
Fecha: 10-dic-2019
Cita: MJ-JU-M-124406-AR | MJJ124406 | MJJ124406
Se otorga el cuidado personal de una niña a su madre.
Sumario:
1.-Corresponde confirmar la sentencia que otorgó el cuidado personal unilateral exclusivo de la una niña a su madre, toda vez que no ha surgido elemento alguno que indique que la madre no es idónea para asumir la crianza de su hija; y se acreditó que el padre ha mostrado una conducta invasiva respecto de la relación de la niña con su madre, con constantes interferencias que la misma menor relata; la inclinación de la niña hacia su padre era poco saludable para su desarrollo psico-afectivo, describiendo el vínculo como una relación simbiótica disfuncional; aunque la niña muestra deseos de relacionarse con su padre, poniendo como condición la presencia de una tercera persona.
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