Suspenden operaciones 20 mil pymes de forma indefinida
Ante la contingencia generada por el covid-19, en Puebla, más de 20 mil pequeñas y medianas empresas suspendieron sus labores de forma indefinida y su futuro es incierto ante las complicaciones económicas que enfrentan.
De acuerdo con el análisis “Despidos injustificados y reducción unilateral de salarios son ilegales” realizado por Simón Alejandro Hernández León, coordinador de la Licenciatura en Derecho de la Universidad Iberoamericana Puebla, la entidad se encuentra entre las entidades federativas con menor oferta de trabajo durante contingencia generada por el coronavirus; y suma más de 23 mil empleos perdidos en dos meses.
Con la cotidianidad en hiato, la actividad industrial y de servicios se reduce exclusivamente a actividades esenciales. Con ello, las principales afectaciones económicas recaen en las pequeñas y medianas empresas (pymes), cuya capacidad limitada y el cierre de las plantas de trabajo genera menor liquidez, lo que lleva a recortes salariales para mantenerse como fuente laboral.
Señaló que ante el cierre de empresas, parte de los patrones están recurriendo a despedir al personal como medida para superar la crisis; mientras que los trabajadores están interponiendo recursos para denunciar despidos injustificados
“Las dependencias afines a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) han recibido múltiples quejas y solicitudes de asesoría desde el inicio de la cuarentena. En Puebla, durante el mes de abril se registraron más de dos mil recursos, de los cuales el 55 por ciento argumentaban despidos injustificados”, comentó.
Señaló que para apoyar tanto a empleadores como a trabajadores, la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) puede dar acompañamiento legal y seguimiento a casos de recesión de contratos, disminución de salarios y suspensión de derechos.
“Ante la situación actual, las procuradurías especializadas pueden ser el punto de conciliación para evitar futuros conflictos legales”, explicó.
Señaló que miles de personas están perdiendo su empleo; sin embargo, ante la contingencia no existen parámetros legislativos que deben tomarse en cuenta; y la Ley Federal del Trabajo establece un principio de estabilidad en el empleo e indica que sólo por causas específicas se puede dar una recesión contractual.
“En muchos países existen medidas diferenciadas de apoyo en circunstancias específicas. El apoyo emergente en México se da a través del seguro de desempleo: una figura que consiste en la ayuda económica por períodos de dos o tres meses para las personas que pierden su trabajo tengan un margen de transición”, comentó.
Destacó que 95 por ciento de las empresas no esenciales han detenido su actividad; mientras que las que son esenciales tienen la obligación de garantizar la distancia y el equipamiento para aminorar el riesgo.
Respecto a los salarios, el coordinador de la Licenciatura en Derecho de la Ibero explicó que la disminución de los pagos de manera unilateral e injustificada es una medida penada por la ley.
“En la Ley Federal del Trabajo se contempla que, para conservar la materia y los centros laborales, trabajadores y empleadores pueden llegar a acuerdos validados ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje”, explicó.
Por último, el investigador destacó que el empleo informal se encuentra invisibilizado y los trabajadores en este sector no tienen una fuente laboral consolidada; por lo tanto, tampoco tienen acceso a derechos como la seguridad social y otras prestaciones.
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