Indemnización por infección: Responde la ART por la muerte del trabajador ocasionada por una infección hospitalaria contraída luego del accidente laboral
Partes: P. M. L. por sí y en representación de su hijo menor: G. B. B. c/ La Segunda A.R.T. S.A. s/ accidente de trabajo
Tribunal: Superior Tribunal de Justicia de la Provincia del Chaco
Sala/Juzgado: Primera
Fecha: 10-dic-2018
Cita: MJ-JU-M-117048-AR | MJJ117048 | MJJ117048
Responsabilidad de la ART por la muerte del trabajador a raíz de una infección hospitalaria, ya que la misma tuvo como causa el peregrinar por diferentes hospitales a raíz del accidente laboral que había sufrido y que le había ocasionado un esguince de rodilla. Cuadro de rubros indemnizatorios.
Sumario:
1.-Cabe confirmar la sentencia que hizo lugar a las indemnizaciones por prestaciones dinerarias reclamadas por la muerte del conviviente de la actora, producido como consecuencia del accidente acaecido en ocasión y con motivo del trabajo que realizaba en ese momento para la empleadora, pues los detalles brindados por la pericial médica en base a los estudios y las historias clínicas dan cuenta que es a partir del accidente con su consecuente lesión inicial -esguince de rodilla- lo que dio origen a la internación del trabajador, los posteriores pa-decimientos que sufrió y que desencadenaron el fallecimiento del mismo por una infección hospitalaria.
2.-Los fundamentos sentenciales expuestos por la Cámara de Apelaciones denotan un examen lógico y posible que deriva de las concretas constancias del sub-lite, el plexo probatorio colectado y de consuno con el criterio jurisprudencial al que decidieron adherirse, por lo que se diluyen las quejas formuladas por la recurrente en torno a la arbitrariedad de la sentencia.
3.-No se observa un absurdo, ni una transgresión constitucional que habilite la instancia extraordinaria, toda vez que lo determinante para las juzgadoras de ambas instancias es que la pericial médica en correlato con los restantes elementos arrimados al proceso y las particularidades del caso, brindaron razonable certeza en orden a la existencia de un nexo causal entre el infortunio laboral padecido por el conviviente de la actora y el desenlace fatal que derivó del mismo.
Sumario:
1.-Cabe confirmar la sentencia que hizo lugar a las indemnizaciones por prestaciones dinerarias reclamadas por la muerte del conviviente de la actora, producido como consecuencia del accidente acaecido en ocasión y con motivo del trabajo que realizaba en ese momento para la empleadora, pues los detalles brindados por la pericial médica en base a los estudios y las historias clínicas dan cuenta que es a partir del accidente con su consecuente lesión inicial -esguince de rodilla- lo que dio origen a la internación del trabajador, los posteriores pa-decimientos que sufrió y que desencadenaron el fallecimiento del mismo por una infección hospitalaria.
2.-Los fundamentos sentenciales expuestos por la Cámara de Apelaciones denotan un examen lógico y posible que deriva de las concretas constancias del sub-lite, el plexo probatorio colectado y de consuno con el criterio jurisprudencial al que decidieron adherirse, por lo que se diluyen las quejas formuladas por la recurrente en torno a la arbitrariedad de la sentencia.
3.-No se observa un absurdo, ni una transgresión constitucional que habilite la instancia extraordinaria, toda vez que lo determinante para las juzgadoras de ambas instancias es que la pericial médica en correlato con los restantes elementos arrimados al proceso y las particularidades del caso, brindaron razonable certeza en orden a la existencia de un nexo causal entre el infortunio laboral padecido por el conviviente de la actora y el desenlace fatal que derivó del mismo.
No hay comentarios:
Publicar un comentario