Alimentos entre cónyuges: Reclamo de alimentos del actor enfermo contra su ex cónyuge, fijándose una cuota del 25% de sus ingresos brutos mensuales
Partes: E. R. P. A. c/ G. M. R. s/ alimentos
Tribunal: Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Corrientes
Sala/Juzgado: 3
Fecha: 2-jul-2019
Cita: MJ-JU-M-120680-AR | MJJ120680 | MJJ120680
Reclamo de alimentos a cargo de la ex cónyuge del actor enfermo en los términos del art. 434 inc. a) del CCivCom.
Sumario:
1.-Corresponde confirmar parcialmente la sentencia en cuanto hizo lugar a la demanda de alimentos reclamados por el cónyuge enfermo en los términos del art. 434 inc. a) del CCivCom. -aunque reduciendo su monto-, pues no caben dudas que el actor se encuentra encuadrado en la manda citada, no siendo un hecho controvertido su enfermedad y su existencia previa al divorcio decretado entre las partes.
2.-La circunstancia que el actor haya percibido un sueldo de la Municipalidad o actualmente según refirieron sus progenitores esté pronto a recibir la jubilación, atendiendo el monto del mismo, no determina por sí en base a la gravedad de enfermedad que no pueda reclamar una cuota que le ayude a subvenir mayores necesidades que esos ingresos no logran cubrir.
3.-Resulta innecesario delimitar qué gastos no están cubiertos por la obra social, pues la imposibilidad del actor de obtener recursos se encuentra acreditada por la simple observación del delicado estado de salud del enfermo, siendo la finalidad del art. 434 inc. a) del CCivCom. el principio de solidaridad, por lo tanto lo que se pretende es que el enfermo conserve una vida digna.
4.-Cabe reducir el monto de la cuota alimentaria que pesa sobre la ex cónyuge del actor enfermo, pues las hijas de la actora constituyen también otro grupo de vulnerables que necesariamente deben formar parte del razonamiento para obtener un equilibrio en la ecuación, no por la circunstancia que el padre no aporte sino porque una obligación sumamente gravosa para la madre influirá en el sostenimiento de sus hijas.
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