El TSJ de Asturias reconoce "relación laboral" entre una conocida empresa de reparto a domicilio y uno de sus repartidores
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Asturias ha desestimado el recurso presentado por una empresa de reparto a domicilio y ha confirmado íntegramente la sentencia de instancia que había establecido la relación laboral entre dicha empresa y uno de sus trabajadores.
Determinan que son concurrentes las notas de voluntariedad y prestación de servicios "intuitu personae" por parte del demandante, y presentes también las de dependencia y ajenidad que caracterizan la relación laboral, de conformidad con lo establecido en los artículos 1.1 y 8.1 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, dado que el trabajo del demandante se incardina dentro del ámbito de organización y dirección de la empresa demandada, debe concluirse la existencia de una relación laboral entre las partes como ha declarado la sentencia de instancia.
Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
Sede: Oviedo
Sección: 1
Fecha: 25/07/2019
Nº de Recurso: 1143/2019
Nº de Resolución: 1818/2019
Procedimiento: Recurso de suplicación
Ponente: JESUS MARIA MARTIN MORILLO
Tipo de Resolución: Sentencia.
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