domingo, 26 de abril de 2020

FAMILIA / VIOLENCIA CONYUGAL. Coronavirus. Exclusión del agresor. Otorgamiento de permiso de circulación.

Se excluye del hogar al agresor de la denunciante y se le otorga permiso de circulación a efectos de que se traslade al nuevo domicilio denunciado.

30-03-2020
G., M. A. c/A., M. R. s/Protección Contra la Violencia Familiar (Ley 12.569)
Juzgado de Paz de Berisso

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1.  Corresponde disponer la exclusión del agresor de la mujer denunciante del domicilio en que vivían, concediéndole a tal efecto una autorización para circular hasta la provincia de Córdoba en forma excepcional para así llegar al domicilio que informó, en tanto más allá de que se trata de una difícil tarea -sobre todo en un marco de aislamiento social y preventivo dictado en virtud del coronavirus-, lo cierto es que el Estado debe honrar los compromisos internacionales asumidos garantizando a las mujeres el derecho humano a una vida sin violencia, máxime teniendo en cuenta que el aislamiento social obligatorio en entornos familiares conflictivos implica un grave factor de riesgo cierto e inminente.

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