Es por una excepción prevista en el decreto que las prohibe
Advierten que crecerán las suspensiones
El decreto 329 exceptúa de la prohibición a las suspensiones fundadas en disminución de trabajo o fuerza mayor, en caso de que sean pactadas entre empleador y empleado.
Abogados laboralistas adelantaron a PáginaI12 que en las próximas semanas habrá suspensiones de trabajadores en distintos sectores productivos, pero que en algunos casos serán legales, pese al decreto que los prohíbe. Esto se debe a una excepción establecida en este mismo DNU y por donde se filtrarán suspensiones. El decreto 329 que prohíbe despidos contiene una aclaración en el artículo 3. “Quedan exceptuados de esta prohibición las suspensiones efectuadas en los términos del artículo 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo”. Este artículo establece que podrán llevarse a cabo suspensiones fundadas en disminución de trabajo o fuerza mayor, en caso de que sean pactadas individual o colectivamente entre el empleador y el empleado, y que luego sean homologadas por el Ministerio de Trabajo. Además, establece que se deberá pagar al empleado una prestación no remunerativa que equivaldrá a un porcentaje de su remuneración habitual.
“Los arreglos suelen darse por el pago del 70/75 por ciento del sueldo. El artículo 223 bis va a ser la vedette de las próximas semanas, tanto para empresas como para sindicatos, ya trabajé en cientos de estos”, dijo a este diario Juan Pablo Chiesa, abogado especialista en derecho laboral. En caso de avanzar en la aplicación de este artículo, el empleado durante la suspensión no tiene que trabajar, y cobra una suma no remunerativa, que no en todos los casos significa percibir menos dinero del que percibe habitualmente. Esto ocurre porque a la remuneración sólo se le descuenta el 3 por ciento de la obra social, pero no el porcentaje de aportes a la seguridad social. En tanto, el empleador paga su parte de obra social, ART y seguro de vida, pero no las contribuciones patronales.
“Todos los gremios vamos a tener que implementarlo en mayor o menor medida, va a ser inevitable”, aseguró a PáginaI12 Marcelo Gasso, secretario gremial del sindicato de pasteleros, aunque dijo que recién será a partir de abril, y que los sueldos de marzo se deberían pagan íntegramente. El gremio de pasteleros se encuentra en una negociación abierta con los locales de comidas rápidas dado que abonaron los sueldos de la segunda quincena de marzo con rebajas de hasta 50 por ciento.
En mayo, sólo el 16 por ciento de las pymes podrá pagar salarios con liquidez propia, y el 55 por ciento podrá hacerlo si accede a algunas de las medidas de alivio del Gobierno. El 63 por ciento de las pymes considera útil aplicar las suspensiones concertadas para el funcionamiento de la compañía, según un informe de la Fundación Observatorio Pyme. La aplicación del artículo 223 Bis puede convivir con el Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción, que es el paquete de alivio gubernamental. Sin embargo, la compensación salarial que otorgue el Estado por cada trabajador se reducirá en un 25 por ciento en estos casos.
Matías Cremonte, presidente de la asociación de abogados laboralistas, dijo a este diario que recibió cientos de consultas por despidos, suspensiones y rebajas salariales, incluso después del decreto que prohíbe estas medidas. “Nos contactan de empresas chicas pero también grandes, sobre todo de los sectores de gastronomía, o las actividades tercerizadas, como seguridad y limpieza”, aseguró.
Techint logró avanzar con el despido de 1450 dado que la construcción tiene un estatuto especial, por fuera de la ley de contrato de trabajo. En tanto, en el caso de Dánica, que despidió a 5 trabajadores, el Ministerio de Trabajo provincial lo consideró ilegal por el decreto que prohibe las suspensiones por cinco días. En cuanto al caso de las cadenas de comidas rápidas, que rebajaron los salarios de 25 mil empleados amparándose en un artículo del convenio sectorial, Cremonte aclaró que todos los casos previstos por los decretos del Ejecutivo están por encima de cualquier clausula que invoquen las empresas de los convenios colectivos de trabajo. El decreto de aislamiento obligatorio estableció que “los trabajadores del sector privado tendrán derecho al goce íntegro de sus ingresos habituales”.
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