sábado, 30 de noviembre de 2019

LABORAL / ACCIDENTES DE TRABAJO. Determinación de indeminización. Normativa aplicable.


Volver al futuro: Se revoca la sentencia que para calcular una indemnización por accidente de trabajo usó una resolución ministerial prevista para incidentes posteriores


Partes: Aiello Roberto Alfredo c/ Galeno ART S.A. s/ accidente – ley especial

Tribunal: Corte Suprema de Justicia de la Nación

Fecha: 3-sep-2019

Cita: MJ-JU-M-120787-AR | MJJ120787 | MJJ120787


La Corte considera que es descalificable la sentencia que para calcular la indemnización por infortunio laboral utilizó una resolución ministerial prevista para contingencias posteriores.

Sumario:


1.-Es procedente revocar la sentencia que para calcular la indemnización por accidente de trabajo no aplicó al piso mínimo fijado por el dec. 1694/09 , la normativa prevista para el período en que se produjo el infortunio -res. 34/2013 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social- Secretaría de Seguridad Social-, sino otra Resolución que ha sido prevista para contingencias posteriores, circunstancia que priva de fundamento normativo a lo resuelto.

2.-La intención del legislador, plasmada en la Ley 26.773 , fue autorizar un reajuste semestral de los pisos mínimos fijados en el dec. 1694/2009 mediante la aplicación del índice RIPTE para las contingencias cuya primera manifestación invalidante se produjera a partir de la sanción de la norma y, con tal fin, la autoridad de aplicación dicta resoluciones y notas periódicas que fijan los nuevos valores y el lapso temporal de vigencia para las contingencias previstas.

3.-Cabe rechazar la queja por denegación del recurso extraordinario en tanto el cuestionamiento introducido en el recurso de queja con relación al cálculo efectuado en la sentencia de primera instancia sobre el tope mínimo de la prestación con base en la aplicación de la res. 387/E/2016 es fruto de una reflexión tardía, siendo que esa cuestión fue resuelta en primera instancia y no fue impugnada ante la alzada ni introducida en el remedio federal (del dictamen del Procurador Fiscal que el Dr. Rosatti comparte en su voto en disidencia).


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