sábado, 9 de noviembre de 2019

LABORAL / REMUNERACIÓN. Igual remuneración por igual tarea. Improcedencia.


¿Igual remuneración por igual tarea?: La pretensión de los médicos residentes mendocinos de ser equiparados salarialmente a los residentes bonaerenses es improcedente


Partes: Galarza Luis Alberto c/ Estado Nacional -Ministerio de Relaciones Exteriores y Cultos s/ empleo publico

Tribunal: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal

Sala/Juzgado: V

Fecha: 20-ago-2019

Cita: MJ-JU-M-121149-AR | MJJ121149 | MJJ121149


La pretensión de los médicos residentes mendocinos de ser equiparados salarialmente a los residentes bonaerenses es improcedente.

Sumario:

1.-Corresponde confirmar el rechazo de la demanda iniciada solicitando la nulidad de la denegatoria tácita de los reclamos formulados en carácter de médicos residentes de los actores en la Provincia de Mendoza, para que se los equipare salarialmente a los residentes que se desempeñan en establecimientos nacionales de la Provincia de Buenos Aires, toda vez que si bien los diferentes programas de residencias médicas en instituciones nacionales y provinciales pueden presentar condiciones o características comunes o similares, al fijar cada jurisdicción, su propio programa de residencias, las condiciones en las que los residentes desarrollan sus programas académicos son diferentes, dependiendo de la jurisdicción o institución donde se desempeñen.

2.-Si bien los cargos de los residentes médicos que se desempeñan en jurisdicciones provinciales, en el marco del Plan Nacional de Residencias de la Salud, son financiados por el Ministerio de Salud de la Nación, el programa de residencia al cual se someten, en lo que respecta a los contenidos, ámbitos docentes, evaluaciones, rotaciones por servicios, el régimen horario y el número de guardias semanales, entre otros aspectos, es determinado por cada jurisdicción, debiendo, únicamente, respetar los lineamientos generales establecidos por el mencionado Plan Nacional de Residencias.


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