Por los hijos: Se atribuye la vivienda familiar con carácter gratuito a la madre que convive con su hijo adolescente quien padece problemas de salud mental
Partes: T. J. I. – F. M. V. s/ divorcio vincular no contencioso
Tribunal: Juzgado de Familia de Córdoba
Sala/Juzgado: 2 nom.
Fecha: 25-nov-2019
Cita: MJ-JU-M-122715-AR | MJJ122715 | MJJ122715
Se atribuye la vivienda a la actora con carácter gratuito porque en ella convive junto al hijo adolescente de ambas partes, quien tiene afectada su salud mental.
Sumario:
1.-Corresponde atribuir a la actora el uso de la vivienda familiar con carácter gratuito y hasta que su hijo adolescente cumpla veintiún años de edad, ya que se encuentra corroborado que el menor, quien presenta una situación comprometida en su salud mental, está bajo el cuidado y resguardo de su progenitora, por lo que la atribución de la vivienda familiar importa hacer efectivo el mejor interés del adolescente.
2.-Siendo la provisión de la vivienda parte del deber alimentario que los progenitores deben a sus hijos, se encuentra justificada la atribución de la vivienda con carácter gratuito a la actora que convive con el menor de edad en el inmueble, considerando que el progenitor demandado no se hace cargo de los cuidados del adolescente y que además ni siquiera cumple con su obligación alimentaria.
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