Hay indemnización a víctimas de acoso sexual en el trabajo
Con las últimas reformas en materia laboral se puede dar fin a un contrato a causa de acoso y recibir indemnización de parte de la empresa.
Guamúchil, Sinaloa.- Hay cambios en materia laboral que favorecen a trabajadores víctimas de acoso. En su mayoría son mujeres, explicaron a detalle abogados laboralistas.
“Hay una reforma reciente. La Suprema Corte tiene criterios importantes y novedosos sobre el acoso, y se da en hombres y mujeres y por hombres y mujeres, pero la protección mayor es para mujeres que a diario son víctimas”, expuso el abogado laboralista Ramón Verástica, pero al igual que el grupo de los abogados consultados en la materia, reconoce que es difícil sacar avante una demanda de este tipo, por la falta de evidencia, ya que el acosador ejerce formas de abuso que no son fácil de evidenciar.
En la legislación mexicana dos de los ordenamientos jurídicos relevantes en el tema de acoso sexual en el trabajo son la Ley Federal del Trabajo y el Código Penal Federal.
Ahora el trabajador puede terminar su relación laboral por motivo de acoso y recibir indemnización por daños, ya que al conjunto de causales por rescisión del contrato se agrega el tema del acoso, por ley el patrón deberá indemnizar.
La Ley Federal del Trabajo establece que si un trabajador es víctima de hostigamiento o acoso sexual por parte de su patrón o alguno de sus representantes o familiares dentro del lugar de trabajo, el empleado podrá terminar la relación laboral sin responsabilidad para él, tiene derecho a ser reinstalado en caso de haberlo perdido, o, en su lugar, recibir indemnización de tres meses de salario. “En más del 90 por ciento de los casos de acoso laboral el fin es obtener un beneficio sexual”, afirma el abogado Nicolás Espinoza.
De acuerdo a estudios de investigación sobre la violencia contra las mujeres en México, desde mediados de los años 70 se han realizado acuerdos internacionales, como la primera Conferencia Internacional de la Mujer, realizada en la capital en 1975, la Convención para la Eliminación de todas las Formas de Violencia contra las Mujeres, en 1979, la Cuarta Conferencia Internacional de la Mujer, celebrada en Beijing en 1995, y la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, de Belém do Pará, pero a pesar de los avances para visibilizar el problema la cruda realidad es que los casos a nivel nacional no han disminuido, y en lo local no se tienen registros de denuncias.
“Como el kilo anda entre los 40 y 50 pesos, se necesita que salgan buenos volúmenes de camarón caqui, y no los está habiendo, pues las pangas andan agarrando alrededor de 12 a 15 kilos”, expresa el funcionario municipal.
No hay comentarios:
Publicar un comentario