El Gobierno derogará el despido por bajas
médicas el próximo martes
Usar la acumulación
de bajas justificadas para despedir a
un trabajador tiene los días contados. Este miércoles la ministra de
Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, confirmó que en el Consejo
de Ministros del martes derogará el artículo 52 d del Estatuto
de los Trabajadores. Será el primer cambio en normativa laboral
impulsado por el Gobierno de coalición que salga adelante.
La ministra de Trabajo destacó que, después de haber planteado el texto
del decreto ley a los grupos parlamentarios, no han recibido objeciones al
respecto. Ni tampoco de los agentes sociales. “No hubo ningún debate sobre la
derogación del 52 d, no hubo ninguna discusión”, aseguró al término de la
reunión mantenida con el director de la oficina en España de la Organización
Internacional del Trabajo (OIT), Joaquín Nieto. “Va a ser una gran noticia que
no vivamos situaciones tan degradantes como que cuando alguien es más
vulnerable pueda perder el trabajo”, afirmó Díaz. Además, defendió que la
derogación supone situarse “en el camino de lo que más o menos están haciendo
países de nuestro entorno”.
La acumulación de bajas médicas intermitentes
–debido a enfermedades no graves– como causa de despido objetivo saltó a la
opinión pública el pasado mes de octubre cuando recibió el aval del Tribunal Constitucional.
Pese a tres votos particulares de cuatro magistrados, el Alto Tribunal dio un
espaldarazo al artículo 52 d, incluido con la reforma laboral del PP en el
2012, argumentando que el límite al derecho al trabajo se justifica por la
“libertad de empresa y la defensa de la productividad”.
Díaz explicó además que el uso de esta vía de despido se ha concentrado
“en algunos sectores y pequeñas empresas”. En concreto, hizo referencia al
sector del telemarketing, al tiempo que apuntó que en los últimos días no han
tenido noticias de que se hayan producido nuevos despidos.
El decreto ley, que ha de ser convalidado en el Congreso de los
Diputados, establece la “supresión íntegra” del polémico apartado. Así, a partir
de su entrada en vigor, en principio el próximo jueves, ya no se podrá
argumentar una determinada cantidad de bajas justificadas –20% de la jornada en
dos meses o el 25% en cuatro meses– entre las causas objetivas de extinción de
contrato. La ministra se quejó de que el fallo del Constitucional había abierto
un debate que “no existía, porque nuestra sociedad rechaza que se pueda despedir
cuando una persona está enferma”.
La máxima responsable del Ministerio de Trabajo señaló además que su
equipo está estudiando la posibilidad de cambiar la legislación
básica para que las pausas del café, el cigarrillo o el bocadillo computen
como tiempo de trabajo. Desde Trabajo señalaron que analizarán si tiene
“acomodo legislativo” desde la base de la directiva europea sobre tiempo de
trabajo. “Lo vamos a estudiar con prudencia”, indicó. El martes se hizo pública
una sentencia de la Audiencia Nacional que respalda descontar la pausa para
fumar o tomar un café de la jornada laboral, si no está reconocido expresamente
en el convenio o en el contrato de trabajo, tal y como establece el Estatuto de
los Trabajadores. El fallo, que recurrirá CC.OO. ante el Supremo, desestima que
descontar las pausas, tras la implantación del registro horario, no supone un
cambio sustancial en las condiciones de trabajo.
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