Los países que lideran la tendencia del teletrabajo en el mundo
Finlandia, Suecia, Países Bajos, Dinamarca, Bélgica, Francia, Reino Unido, Luxemburgo, Estonia, Irlanda, Malta, Eslovenia y Austria encabezan la lista
A partir de esta semana, Panamá reguló oficialmente el teletrabajo como una alternativa laboral más para atender las necesidades que requieren algunos sectores de la economía, y con ello se suma a otra docena de países que ya están implementando con gran fuerza esta otra forma de trabajar.
Pero, ¿cuáles son los países donde más se teletrabaja? Según el informe
de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) de 2019, “Trabajar en
cualquier momento y en cualquier lugar: consecuencias en el ámbito
laboral”, Europa parece ser el lugar donde más se teletrabaja, aunque
también hay otros países de América donde la tendencia está emergiendo poco a
poco.
El informe realizado por
OIT y Eurofound, de manera conjunta, sintetiza un estudio realizado
en 15 países, incluyendo 10 países de la Unión Europea (Alemania, Bélgica,
España, Finlandia, Francia, Hungría, Italia, los Países Bajos, Suecia y el
Reino Unido), así como también Argentina, Brasil, Estados Unidos, India y
Japón.
Finlandia, Suecia, Países Bajos, Dinamarca, Bélgica, Francia, Reino Unido,
Luxemburgo, Estonia, Irlanda, Malta, Eslovenia y Austria encabezan la lista de
países donde más se teletrabaja, ya sea de forma regular o temporal.
Aunque la modalidad
también está tomando mucho auge en países como Argentina, Estados Unidos,
India y Japón; además de Brasil, Colombia y México donde igualmente está
tomando fuerza.
Para el caso de Panamá,
la Ley 126 que establece y regula el teletrabajo especifica que
“podrá ser parcial o completo”.
Asimismo contempla el pago de salario, horas extras y viáticos según lo
establece el Código de Trabajo. El salario deberá pagarse en dinero de curso
legal y se prohíbe el pago en mercancías o en vales, fichas, cupones o
cualquier signo representativo con que se pretende sustituir la moneda.
El teletrabajador también
tendrá derecho al reconocimiento como accidente de trabajo, para los efectos de
seguridad social; y al reconocimiento por la Caja de Seguro Social de los
riesgos profesionales ocurridos durante la prestación del servicio en modalidad
de teletrabajo.
Sin embargo, especifica
que será “siempre que el teletrabajador sufra de una enfermedad a causa del
trabajo realizado para el empleador durante la vigencia de la
relación laboral. La Caja de Seguro Social comprobará los hechos según las
normas vigentes que rigen la materia”.
Se garantiza que con esta
ley “el teletrabajador tendrá todos los derechos y obligaciones inherentes
al trabajador, establecidos en el Código de Trabajo de la república de
Panamá”.
El empleador
deberá proporcionar, instalar y mantener los equipos necesarios para
el teletrabajo, así como brindar el servicio técnico que estos equipos
requieran; e informar al teletrabajador de la colocación de cualquier
sistema de control.
La Ley 126 del 18 de
febrero de 2020, que establece, regula el teletrabajo y modifica el artículo
151 del Código de Trabajo, fue publicada en la Gaceta Oficial Digital No.
28965-A. La Organización Internacional del Trabajo (OIT) define el teletrabajo
como una forma de trabajo que se realiza en una ubicación alejada de una
oficina central o instalaciones de producción.
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