“Despidos injustificados y reducción
unilateral de salarios son ilegales”:
11 de mayo, 2020
Con la cotidianidad en hiato, la
actividad industrial y de servicios se reduce exclusivamente a actividades esenciales.
Con ello, las principales afectaciones económicas recaen en las
pequeñas y medianas empresas (pymes), cuya capacidad limitada y el cierre
de las plantas de trabajo genera menor liquidez, lo que lleva a recortes
salariales para mantenerse como fuente laboral.
Miles de personas están perdiendo su
empleo. No obstante, existen parámetros legislativos que deben tomarse
en cuenta. La Ley Federal del Trabajo establece un principio de estabilidad
en el empleo, el cual indica que sólo por causas específicas se puede dar una
recesión contractual.
En muchos países existen medidas
diferenciadas de apoyo en circunstancias específicas. Como indica el Mtro.
Simón Alejandro Hernández León, coordinador de la Licenciatura en Derecho de
la IBERO Puebla, el apoyo emergente en México se da a través del seguro de desempleo:
“Una figura que consiste en la ayuda económica por periodos de dos o tres meses
para las personas que pierden su trabajo tengan un margen de transición”.
Derechos
irrenunciables
De acuerdo con la Secretaría del
Trabajo y Previsión Social (STPS), el 95% de las empresas no
esenciales han detenido su actividad. No obstante, es
sabido que muchas de ellas operaron en condiciones inadecuadas que
vulneraron la seguridad y derechos laborales de sus empleados.
“En el contexto actual, existe una
obligación de garantizar la distancia y el equipamiento para aminorar el
riesgo”. Hernández León sostiene que, de no acatar las medidas sanitarias y de
seguridad, la fuerza laboral puede realizar denuncias ante las dependencias
estatales de la Procuraduría Federal de la Defensa del
Trabajo (PROFEDET).
Sobre los salarios, el Coordinador de
la Licenciatura en Derecho de la IBERO Puebla recuerda que la disminución de
los mismos de manera unilateral e injustificada es una medida penada por la
ley. “En la Ley Federal del Trabajo se contempla que, para conservar la materia
y los centros laborales, trabajadores y empleadores pueden
llegar a acuerdos validados ante la Junta Federal de
Conciliación y Arbitraje”.
Cuentas pendientes
De manera sistemática, el
empleo informal se encuentra invisibilizado. Las acciones por parte de la
STPS no han sido las adecuadas para atender las necesidades de las personas que
se encuentran en este sector, quienes representan más del 60% de la
población económicamente activa.
Recuerda el académico de la IBERO
Puebla: “Las y los trabajadores informales no tienen una fuente de trabajo
consolidada; por lo tanto, tampoco tienen acceso a derechos como la seguridad
social y otras prestaciones”. Ante su condición de subsistencia, la garantía de
servicios de salud y consideración de vulnerabilidades deben ser tomadas en
cuenta por el sector público.
Puebla se encuentra entre las
entidades federativas con menor oferta de trabajo durante el primer mes de cuarentena.
En el mismo periodo, se perdieron más de 12,000 empleos en la entidad.
Para proteger los derechos laborales,
el Consejo de Salubridad General, organismo constitucional encargado de
coordinar lo relativo a la emergencia sanitaria, debería emitir una
declaratoria de contingencia sanitaria de acuerdo con la Ley Federal
del Trabajo, no la de Salud.
Esto ayudaría, dice el Mtro. Simón
Hernández, a generar una medida del pago del salario mínimo durante un mes o
recesión de contrato, pero siempre con garantías
jurídicas. “Lo que tenemos ahora es un vacío legal, pues las
medidas que se están adoptando no tienen un fundamento jurídico específico. Por
eso, muchas de las acciones se encuentran al margen de la ley”.
Cómo proceder
Las dependencias afines a la STPS han
recibido múltiples quejas y solicitudes de asesoría desde el inicio de la
cuarentena. En Puebla, durante el mes de abril
se registraron más de 2,000 recursos, de los cuales el 55%
argumentaban despidos injustificados.
Para apoyar tanto a empleadores como a
trabajadores, la PROFEDET puede dar acompañamiento legal y seguimiento
a casos de recesión de contratos, disminución de salarios y suspensión
de derechos laborales. Ante todo, concluye Hernández León: “Las procuradurías
especializadas pueden ser el punto de conciliación para
evitar futuros conflictos legales”.
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