jueves, 7 de mayo de 2020

LABORAL / MERCADO DE TRABAJO. España. Coronavirus. Protección al empleo.

Proteger el empleo; por Jesús Lahera Forteza, profesor titular de Derecho del Trabajo en la Universidad Complutense de Madrid

06/05/2020
0
Compartir:

El día 6 de mayo de 2020 se ha publicado, en el diario El País, un artículo de Jesús Lahera Forteza en el cual el autor considera que es necesaria una plena confianza política en la iniciativa privada, con ayudas económicas a las empresas en sus renovadas políticas de prevención ante la covid-19 o de teletrabajo; y es imprescindible no desmontar ningún mecanismo de flexibilidad laboral.


PROTEGER EL EMPLEO


La protección del empleo en la crisis de la covid-19 se ha articulado esencialmente a través de ERTE, suspensivos y de reducción de jornada, de fuerza mayor y productivos, con medidas extraordinarias de protección social por desempleo de los afectados. La aplicación práctica de esta acción política está permitiendo salvar millones de puestos de trabajo, aunque, como era previsible, no está apenas alcanzando a los trabajadores temporales. Los datos de empleo muestran la utilidad de los ERTE, implementados en marzo y abril, que han evitado una debacle mayor en desempleo. Pero a la vez estos datos detectan la enorme fragilidad de la dualidad de nuestro mercado de trabajo, porque el incremento de paro registrado se concentra en los trabajadores temporales.

Tiempo habrá en el futuro de aprender de nuevo esta lección y reducir esta dualidad estructural. El reto ahora, a corto plazo, es persistir en esta protección del empleo, utilizando la formidable herramienta de flexibilidad laboral de los ERTE, con mayor profundidad y seguridad jurídica. Los efectos de las suspensiones y reducciones de jornada por fuerza mayor deben prorrogarse un tiempo razonable tras el estado de alarma, para que la reincorporación gradual de trabajadores esté al nivel de la actividad empresarial real o, en su caso, sean adoptadas nuevas medidas de flexibilidad interna. Debe ser aclarada la garantía de empleo asociada a la exoneración de cuotas sociales de las empresas, teniendo en cuenta las singularidades de cada sector. Por su parte, las medidas extraordinarias de desempleo de los ERTE productivos ya implementados deben tener la garantía expresa de su aplicación durante toda su duración.

Es necesaria también una nueva normativa de urgencia que impulse la flexibilidad laboral interna ante la recuperación gradual de la actividad económica y evite en lo posible despidos. Los ERTE productivos deben ser diseñados, ante la desescalada, con causas específicas asociadas al impacto de la covid-19, con todos los incentivos posibles. Se debería extender en este sentido la exoneración de cuotas sociales, ya experimentada en fuerza mayor, a estas suspensiones y reducciones de jornada por causa productiva específica, que pueden salvar muchos empleos. La diferencia entre procedimientos individuales y colectivos en función de los trabajadores afectados debería facilitar esta toma de decisiones empresariales.

Pero no solo con ERTE se protege el empleo en esta crisis. Es necesaria una plena confianza política en la iniciativa privada, con ayudas económicas a las empresas en sus renovadas políticas de prevención ante la covid-19 o de teletrabajo; y es imprescindible no desmontar ningún mecanismo de flexibilidad laboral. En la reconstrucción tienen que ser fortalecidos los servicios públicos, pero con un compromiso firme de apoyo al sector privado y al empleo con flexibilidad laboral. Quizás en este intercambio, público y privado, está la clave para un pacto político de reconstrucción económica y social.

No hay comentarios:

Publicar un comentario