Despido por causa de matrimonio: Lo despidieron luego de que notificara el embarazo de su pareja y su intención de casarse
Partes: Postiglioni Nicolás Andrés c/ Webar Internet Solutions S.A. s/ despido
Tribunal: Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo
Sala/Juzgado: VI
Fecha: 10-mar-2020
Cita: MJ-JU-M-124672-AR | MJJ124672 | MJJ124672
La indemnización por despido por causa de matrimonio procede cuando se acredita que ocurrió luego que el trabajador varón notificara el embarazo de su pareja y su intención de casarse.
Sumario:
1.-Cabe confirmar la indemnización del art. 182 de la Ley de Contrato de Trabajo al estar acreditado que el actor fue padre de una criatura cuatro meses después de su despido directo y la restante prueba producida demuestra que se buscó que se escindiese de la empresa tras comunicar el embarazo de su pareja y su intención de casarse, lo que torna razonable la decisión del juzgador pues son varios los testigos que califican y/o estiman inexplicable su despido a los pocos meses de su ingreso, su labor era buena y no vacilaba en prestar servicios extraordinarios, siendo que el legislador ha consagrado la existencia de un período de prueba -superado en autos- para autorizar una ruptura de la relación por no cumplir, el dependiente, con las expectativas empresarias.
2.-La condena en los términos del art. 182 de la Ley de Contrato de Trabajo es procedente porque la prueba producida autoriza a concluir que el actor fue despedido por su intención de casarse ante el nacimiento de la criatura fruto de su relación de pareja y la frustración del evento no es un óbice para la aplicación de la normativa cuando se acredita el nacimiento de la criatura, lo que descarta toda posibilidad de malicia del dependiente.
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