Partes: B. M. C. c/ UEPFP s/ despido
Tribunal: Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires
Fecha: 4-dic-2019
Cita: MJ-JU-M-123711-AR | MJJ123711 | MJJ123711
Legitimidad del despido causado del trabajador por falta injustificada y sin aviso, por negativa a firmar la sanción impuesta; por no acatar órdenes de los superiores, y por agresión física y verbal hacia otro empleado.
Sumario:
1.-Cabe confirmar el rechazo de los rubros indemnizatorios derivados del despido causado decidido por la empleadora, ya que las causas denunciadas en la comunicación rescisoria fueron acreditadas y constituyen una injuria de gravedad suficiente como para extinguir el contrato de trabajo.
2.-Debe rechazarse el recurso deducido por el actor, pues a partir de su propia interpretación de la comunicación del despido y las circunstancias de la causa, el quejoso expone su personal criterio en torno a la forma en que debió analizar el juzgador la injuria alegada y las pruebas aportadas para su acreditación, que en modo alguno puede sustituir al que los sentenciantes ejercen en función privativa ni, por lo tanto, constituir adecuado sustento del recurso deducido.
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